Se puede crear una comunidad de bienes solo para poner a su nombre vehículos o pisos y no realizar ninguna actividad

Somos una pareja no casada, ni pareja de hecho, llevamos 16 años juntos y pasamos de los 50 años.

Tenemos bienes anteriores a estar juntos y bienes adquiridos por ambos y se nos plantea el caso de que ahora hemos comprado un coche pero tráfico no nos deja poner el vehículo a nombre de los dos.

¿Sería posible crear una comunidad de bienes y poner el coche a nombre de la misma sin realizar ninguna actividad?

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La comunidad de bienes se crea con el mero hecho de que existan bienes en común, se le da forma documental cuando se quiere, por la razón que sea, que dicha comunidad tenga un CIF, en este momento, si no van a ejercer actividad alguna, no parece recomendable que formalicen una comunidad de bienes y pidan ese CIF, ya que pueden verse inmersos en obligaciones formales con Hacienda, declaraciones trimestrales etc.

Ello no quiere decir que documenten la constitución de esa Comunidad a los solos efectos de su interés.

Muchas gracias por su respuesta, pero sin cif no podemos matricular el coche en tráfico.

Y en el caso de una sociedad civil?

Es lo mismo, lo que ocurre es que una sociedad civil (SC) tiene un mayor formalismo que la mera Comunidad de bienes y una mayor entidad jurídica

Si quiere matricular el coche y necesita CIF, parece por tanto más recomendable constituir esa Comunidad de bienes con el automóvil, pedir el CIF y no dar el alta fiscal, si es que se lo conceden.

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