Me exigen retirar un cable eléctrico de fachada porque es peligroso y molesto y en la fachada hay un montón de ellos!

Tengo 2 propiedades en el mismo edificio, un piso y un bajo que se usa como almacen. Este local no tiene derivación individual ni conducto (chapuceros...) y los antiguos dueños traían la luz del bajo de debajo mía que era suyo. Ahora me la han hecho quitar y yo estaba sin luz, así que cogí una batería de coche y una ups y me hice un sistema de iluminación bien majo, lo que pasa es que no podía enchufar ni un pc ni una televisión, así que tire un cable desde el piso (un tercero) por la fachada hasta el bajo. Esto podría causar un problema estético a la fachada, si no fuese porque hay una decena de mazos de telefónica, telefonillo, gas, antenas... Cada uno con unos 10 cables, los cuales no están fijados a la fachada (se mueven como una cuerda de saltar si los agitas). En tanto, que el vecino del segundo en junta dijo que era un riesgo para el y que no quería un cable con electricidad pasando por su ventana, haciendo hincapié en lo mal que quedaba también (el cable es de 1,5 mm2 gris, del mismo color que la fachada y los de los mazos son gordos y negros). Yo no fui a esa junta. El administrador de la finca me ha llamado 2 veces ya diciendo que el vecino se le impacienta y que lo retire cuanto antes, yo me he negado. El cable está siguiendo a un mazo de cables gordísimo que discurre verticalmente, luego horizontalmente sigue a unos cables eléctricos que van para otras casas, más gordos todavía que justamente pasan cerca de su ventana. No hay canalizaciones en el edificio para nada, solamente para las acometidas de los pisos. Repito: no hay acometida ya he mirado incluso en las centralizaciones (hay 3 xD).

¿En qué leyes me puedo apoyar para dejar mi cable hay si ya existen cables de todo tipo?

¿Si me lo cortase que le podría pasar?

En caso de que quiera meter el cable por dentro, quien tendría que pagar el conducto, al discurrir por elementos comunes y por no haberlo hecho en obra, ¿le correspondería a la comunidad? Y las gestiones con los otros locales (¿servidumbres) quién las tendría que gestionar?

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Primero, no has pedido permiso a la comunidad para que te autoricen el poner el cable por la fachada, que es un elemento común. Leete la Ley de Propiedad Horizontal.

Segundo, está clarao que es un riesgo porque no puedes comparar cables de telefónia y televisión con cables que llevan tensión. Caso aparte sería si unos u otros afean o no la fachada.

Tercero, los cables para exterior tendrían, en su caso, que reunir unas condiciones determinadas de aislante establecidas en el REBT.

Cuarto, si el bajo que usas como almacen está correctamente configurado en la escritura de división horizontal, con sus porcentajes de participación (no vaya a ser que forme parte de otro y no se haya dividido legalmente), debería de tener acceso a la centralización de contadores. Si no existe, como indicas, la conexión para poder realizar la derivacion individual correspondiente, la comunidad, previa petición, debería de concederte el permiso para ello. Jurídicamente no se de quien sería la responsabilidad de esa obra, pero si los locales figuran como tal en la escritura de división horizontal, entiendo que debería ser la comunidad, en defecto de la constructora del inmueble, la que se hiciera cargo de esa obra, pero bueno, esto deberías de consultarlo con un abogado o con un gestor de fincas. Luego, la petición de enganche, la derivación individual, el contador y el cuadro electrico correspondiente serían responsabilidad del propietario del local.

Quinto, si simplemente lo vas a utilizar como almacen para tu uso particular, igual no te compensa instalar una derivación individual con contador propio y podrías tratar el local como si se tratase de un trastero, y alimentarlo desde el cuadro de tu vivienda con un termico propio y exclusivo de 16A, pero en todo caso siempre te haría falta poder conectar tu bajo con la centralización de contadores.

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