¿Las obras de los vecinos asientan jurisprudencia?

Acabo de comprar un adosado sin comunidad de propietarios. La edificabilidad máxima es de 140 m2, y los metros construidos ya son 136m2. Los antiguos dueños hicieron un cerramiento de terraza sin pedir licenciahace dos años. La mayoría de vecinos también han hecho cerramientos y ampliaciones de la vivienda hace varios años (he de suponer que sin licencia ya que se pasarían de m2 de edificabilidad). ¿En caso de que viniera una inspección, podría yo alegar como defensa las obras de mis vecinos, cuyos adosados son iguales al mío?.

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No. Las normas urbanísticas son las que son, las incumpla una persona o una comunidad entera.

Lo que si dice la ley para el suelo urbano, es que si se pueden acreditar 6 años de la construcción, sin que el ayuntamiento abra expediente de infracción urbanística, la infracción prescribe y lo ilegalmente construido es del propietario con pleno derecho.

Lo importante es tener alguna factura, foto firmada o documento en el notario o similar, que acredite la antigüedad para poder acreditar los 6 años.

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En los casos de adosamiento el acuerdo o entendimiento con su vecino sea lateral o posterior, priva sobre las normas de servidumbre, siempre que exista un acuerdo firmado. En Panama, el mutuo acuerdo de invadir la servidumbre propia para beneficio de ambos es normal. En el aspecto de la ventilacion natural dependera de la creatividad del constructor, instalar lucetas o alguna forma indirecta de induccion de luz o aire. Por cirscuntancia contraria el vecino afectado podria invocar violacion de la normativa y entonces podria tener problemas, incluso llegar a multas y derribo.

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