Un contratista reclama a la Comunidad el dinero de vecinos morosos

Lo primero de todo agradecer la atención que aquí se presta por lo útil que resulta. La cuestión que afecta a la Comunidad en la que vivo tiene que con la reclamación por parte de un contratista que realizó obras en un piso a causa de los efectos de los bajantes que el seguro no cubrió. Cada propietario y somos diez, hemos tenido que abonar unos 4.300 euros. El problema es que tres no lo han hecho y ahora nos lo reclama a la Comunidad. El asunto de los morosos está en los juzgados y el contratista no quiere esperar a que se resuelvan, por eso quiere denunciar a los diez. Los vecinos que sí hemos pagado nuestra parte no estamos por poner el dinero que falta, casi 15000 euros. ¿De seguir adelante todo hay riesgo de embargo?, ¿Cómo evitarlo si siete vecinos sí han puesto su parte?.

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El contratista está en su perfecto derecho a reclamar el dinero que se le debe, puesto que fue contratado por la Comunidad para realizar un trabajo y cumplió con lo acordado.

Uds. También han hecho su trabajo, como comenta, reclamando la deuda a los vecinos que no han pagado.

La Ley de la Propiedad Horizontal, en el artículo 22, indica que:

"1. La comunidad de propietarios responderá de sus deudas frente a terceros con todos los fondos y créditos a su favor. Subsidiariamente y previo requerimiento de pago al propietario respectivo, el acreedor podrá dirigirse contra cada propietario que hubiese sido parte en el correspondiente proceso por la cuota que le corresponda en el importe insatisfecho."

Es decir, que el acreedor puede actuar contra todos los propietarios (hayan pagado o no), reclamando a cada uno la parte que le corresponde de la deuda pendiente, de acuerdo a su coeficiente de participación.

Sin embargo, también indica que:

"2. Cualquier propietario podrá oponerse a la ejecución si acredita que se encuentra al corriente en el pago de la totalidad de las deudas vencidas con la comunidad en el momento de formularse el requerimiento a que se refiere el apartado anterior.

Si el deudor pagase en el acto de requerimiento, serán de su cargo las costas causadas hasta ese momento en la parte proporcional que le corresponda."

En cualquier caso, deberían tratar de llegar a algún acuerdo, si es posible, satisfactorio para la Comunidad y para su acreedor. Lo mejor es no tener que llegar a procesos judiciales. Si es posible (entiendo que pueda ser duro e injusto), sería mejor para ustedes que, si no llegan a un acuerdo diferente con el contratista, pudieran adelantar la parte que no han pagado sus vecinos, a la espera de que prospere la reclamación que ya han presentado ustedes en el juzgado.

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Poliplos te ha dado una excelente contestación.

Mi experiencia en estos temas, con los abogados para los que trabajo como perito desde hace ya más de 10 años, es que si el Contratista reclama judicialmente a los 10 propietarios, tendrá que esperar a que el juez dictamine si la deuda es solidaria o no.

Es decir, si el juez dictamina que la deuda es solidaria (que va a ser lo que pida el contratista), se da un plazo para que se pague (no importa quien) y a partir de ese tiempo (entre 1 y 2 meses según lo saturado que esté el juzgado), se lanzan órdenes de embargo a las cuentas de los 10 propietarios hasta cubrir da deuda (no hay pago equitativo. A cada uno le pillan lo que tiene).

Luego, las cantidades embargadas, tendrá que reclamarlas cada propietario a quien le correspondería pagar, por lo que te tienes que meter en otro juicio.

Si el juez dictamina que el pago no es solidario, que unos propietarios han cubierto la deuda y otros no, entonces se dirigirá únicamente a los propietarios morosos.

En este sentido, hay sentencias de los dos tipos muy variadas y no creo que encuentres a nadie que te pueda garantizar lo que va a decir el juez.

Por cierto, tuvo que ser un desastre gordo para que unas bajantes causen una avería de 43.000 €. Con ese presupuesto, se renueva un piso entero de buenas dimensiones y muy buenos acabados.

De manera que si fuera la deuda solidaria irían a por los ingresos de cada vecino, incluso pensionistas?.Y qué ocurre si no llega para cubrir esa deuda?.En cuanto a lo desproporcionado de la cantidad es que la Comunidad ha pagado realojo de los inquilinos, mudanza, realizado todo de nuevo(tabiques, suelos, puertas, pintado...) ya que se ha tenido que excavar en el subsuelo porque el agua no drenaba además de sustituir todos los bajantes de uralita con el consiguiente permiso para desechar este material cancerígeno.La obra ha sido supervisada con los honorarios que implica a raíz de su informe de patologías que según él obligaban al desalojo lo que provocó que los afectados amenazaran con denunciar si no se realizaban las obras de inmediato a pesar de la falta de liquidez de la Comunidad. 

Pues si. Por desgracia, si se decreta que la deuda es solidaria, se giran órdenes de embargo a todos los propietarios. Si con eso no se cubre la deuda, el juez puede ordenar entonces el embardo de nóminas o pensiones en el porcentaje máximo que permite la ley.

Yo soy el primero en considerar injusto el sistema, pero es hoy por hoy el que hay. Lo importante sería que en el menor tiempo posible los morosos ingresaran su cantidad y poder liquidar las deudas sin gastos.

Se les puede meter presión diciendo que si no pagan por las buenas, después, además de lo que deben, tendrán que hacerse cargo a mayores de las costas, intereses y demás perjuicios que han causado a otros vecinos.

Siento no tener buenas noticias.

No acabo de entender quien hizo el informe de patologías. Si lo hizo el contratista o un técnico independiente.

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Solo quiero aclarar dos elementos ¿Quién firmó el contrato con él?... ¿Y por qué el seguro no cubrió ese gasto?

Muchas gracias por contestar.El contrato lo hizo la Comunidad y el seguro no se hizo responsable porque el bloque no había tenido seguro nunca en sus más de cincuenta años y entendía que las humedades así como los daños ocasionados por los bajantes se habían producido con anterioridad a la contratación del seguro.

Entonces sí deben pagar la obra contratada. Deben llegar a un acuerdo de pago con él para evitar una demanda que de hecho ya la tienen perdida y no solo deberán pagar sino que suman los honorarios de los abogados. El experto poliplos es muy acertado en la explicación de cómo manejar este asunto.

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