¿Se puede quitar el servicio del ascensor en una comunidad de vecinos/propietarios?

La situación es la siguiente: somos 5 propietarios en un edificio compuesto por un bajo y 4 plantas, yo llevo viviendo aquí desde el 2010, el edificio tiene muchos años y hace más de 10 años se instaló un ascensor pues porque había dinero y era una mejoría notable en cuanto a calidad de vida y mejoraba el precio de las viviendas en el caso de que se quisiese vender.

A día de hoy hay impagos en la comunidad de un vecino (de la 1ª planta) de 7 meses, y el banco donde tenemos la cuenta de la comunidad ha devuelto 5 recibos de la empresa del ascensor que en total asciende a casi 3000€, aún no entiendo como no lo han cortado y, llegó un burofax de la empresa del ascensor al vecino del quinto el cual el contrato está a su nombre y no a nombre de la comunidad (cosa que no entiendo).

Entre vecinos hemos hablado para quitar el ascensor y votarlo en una asamblea extraordinaria porque no hay dinero para pagar la deuda y seguir manteniendo el ascensor ya que es muy caro, a parte de la luz .De 5 vecinos queremos quitarlo 3, el del bajo, yo y el del 3º, el de la primera planta no cuenta su voto porque tengo entendido que si tiene deudas su voto no cuenta, corríjame si me equivoco.

El del 4º no quiere quitarlo porque dice que el compró la vivienda con ascensor y "dice"que si sólo uno vota en contra se deniega la propuesta,¿Es eso cierto?,¿Dónde se puede agarrar para evitar suspender dicho servicio?.

Ingresamos 45€ mensuales y el cobro de ascensor y luz es superior a lo ingresado, se quiere quitar el pago del ascensor para satisfacer el pago de esa deuda.

Los recibos impagados son desde el 2009-dos del 2012 y dos del 2013" y yo no vivía aquí en el 2009 y el del bajo entró a vivir en Abril del 2013(hace nada), y el del quinto pretende que paguemos todos la deuda aún algunos sin haber estado viviendo aquí en la emisión de esas factura(repito:el contrato está a nombre del propietario del 5º) ¿por qué no notificó esas deudas desde el 2009?, es raro que la empresa no haya denunciado antes.

Otro motivo por el queremos quitar el ascensor es para ahorrar dinero y reparar columnas exteriores muy dañadas (críticamente-se ven las grietas y lascas desprendidas)del edificio que ponen en peligro la seguridad nuestra ya que nos puede caer encima los desprendimientos así como a otros vecinos de casas terreras de viviendas que están pegadas a nuestro edificio, otra cosa, me enteré el otro día que "no tenemos seguro" de la comunidad, tenemos la comunidad instaurada desde el 2011 porque yo y otro vecino metimos presión para hacerla ya que es obligatoria y denunciable si no está constituida.

Si votamos 3 contra dos ¿Podemos quitar el servicio?, el de 4º no padece minusvalía ni nada parecido, son una pareja joven y sin hijos, yo vivo en el 2º con mi esposa e hija y sacrificaría el ascensor para cumplir y mejorar la comunidad en rasgos generales aún teniendo que subir carrito y niña de dos años.

A parte de todo esto he recibido amenazas por parte del vecino del 4º si propongo quitar el servicio ascensor, aunque eso es ya otra cuestión.

En un futuro cuando este todo arreglado y sin deudas se volvería a poner el ascensor puesto que es un beneficio para todos pero priman antes otras necesidades como ya le comenté.

Los últimos que compramos la vivienda que somos yo y el del bajo lo compramos sin cargas, repito"esa deuda del ascensor está a nombre del vecino del 4º y no a nombre de la comunidad, eso dice el burofax.

Por favor ¿Cómo podríamos abordar esta situación para el bien de la comunidad?

En el libro de Actas está como presidente el del 1º(el que no ha pagado y no aparece en las últimas reuniones) y como administrador es la anterior propietaria del bajo.

En la última reunión mas reciente (el 1 de Julio)se propuso que yo fuese el presidente y el del bajo como administrador y se voto a favor y nosotros aceptamos, pero todavía no está escrito en el libro de actas ya que tenemos miedo a que se nos persiga por esa deuda, y por eso estamos pensando en renunciar al cargo, y el burofax llegó 10 días después a esa reunión.¿Está fundamentado ese temor? ¿Estoy obligado a escribir el cambio de presidente y ponerme yo como actual presidente?.


Ante todo muchas gracias por su tiempo, espero su respuesta.

GRACIAS.


2 respuestas

Respuesta

El ascensor es un elemento esencial, especialmente protegido por la ley, por lo que la supresión exige la unanimidad de todos los propietarios, si excepción, sin excusa por una ausencia o por cualquier razón. Todos son todos.

Si hay un déficit en cuanto a la cuotas, tendrán que convocar una reunión y establecer unas nuevas que cubran el importe de los costes.

En cuanto al cargo, la responsabilidad es de la entidad (Comunidad de Propietario) y cualquier problema recaerá en ella, y, proporcionalmente, a Ud.

Está obligado a transcribir el acta y hacer constar aquello que se acordó.

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Respuesta

La verdad es que lo que cuentas tiene bastante lío para explicarlo en este tipo de consultas, pero intentaré ser lo más claro posible.

Sobre el ascensor, como ya te comentaron, es un tema que afecta a la accesibilidad a las viviendas y en estos momentos tiene la máxima prioridad. Necesitariais el voto favorable de todos los propietarios (no solo los asistentes) para poder prescindir de ese servicio. Si la empresa de ascensores os corta el servicio, con que uno de los propietarios denuncie la situación en el juzgado, en un juicio relativamente rápido, el juez ordenará el pago de la deuda para restituir el servicio, con un periodo voluntario y a partir de ahí, vía embargo de nómina o bienes hasta pagar la deuda.

Sobre la cuota, sinceramente y aunque no te guste la respuesta, creo que es imposible mantener una comunidad de 5 propietarios con ascensor por 45€ al mes de cuota. Deberíais de tener una cuota que os permita asumir los gastos mensuales y que cubra como mínimo un remanente de un 10%. Solo así se puede tener una disposición de fondos en la comunidad para imprevistos.

Sobre los morosos, el camino es muy fácil. Primero burofáx para que se de por enterado de la cuota que debe y si en 30 días no paga, pues demanda en el juzgado. Son juicios rápidos y le cargarán las deudas, los intereses de demora y los gastos del juicio.

Sobre asumir las deudas, el propietario actual debe de asumir las deudas que tiene la comunidad. Luego, si aún estás en plazos legales (no me los se fijo, pero quizás algún otro experto te lo pueda aclarar), tu puedes reclamárselos a quien te vendió la vivienda por no haberte avisado de la existencia de esas deudas.

Sobre el funcionamiento de la comunidad, por ley se debe de realizar al menos una reunión al año. Hacer balance de ingresos, gastos, deudas o remanentes. Fijar las cuotas. Tomar los acuerdo que sean pertinentes y dejarlo todo en un acta bien redactada y firmada.

Si no os veis capaces de llevar ese proceso con normalidad, lo mejor es ir a un administrador de fincas que os planifique la comunidad.

No se si te queda alguna cosa más.

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