¿Puedo poner el recibo de autónomos como gastos para desgravar en el irpf ?

Quería saber si el recibo de la cuota de autónomos lo puedo poner como gastos para que me desgrave en el irpf ya que supongo que no tiene iva

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Si, debes incluirlo en la base de gastos si hablas del modelo trimestral. En la declaración de renta también tienes un apartado para ello.

¡Gracias! Por cierto ya puestos en el tema ¿sabes si la gasolina que gasto para el trabajo puedo declararla para el irpf y el iva? es que he leído por ahí que solo te dejan la mitat o algo así.

Pues has hecho la pregunta del millón, es un tema que la normativa dice una cosa, según como se interprete dice otra y si tienes una inspección lo que más le convenga al inspector. Así que al final cada uno hace lo que quiere o puede. Si el vehículo está afecto a la actividad 100% como una furgoneta te puedes desgravar el total de base e iva. Si el vehículo es un turismo sólo los comerciales pueden desgravarse la gasolina, el resto según normativa no, pero ahora bien, generalmente lo que hace la inmensa mayoría es desgravar o bien todo y si Hacienda llama a la puerta ya veo que justifico y Chino y si me multan igual me compensa en relación a lo que me he desgravado o me desagravo sólo el 50% y queda más"legal" ya que estoy asumiendo que todo el faro no lo produce la actividad, en este caso los inspectores suelen ser más razonables y normalmente no dicen nada. Pero ya te digo es una decisión al final personal

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