Accidente coche-moto al incorporarse

Incorporándome a la circulación desde una calle sin visibilidad con mi coche, tengo que invadir el carril contrario, compruebo varias veces que el paso esta libre, es una recta de aprox 300-400 metros, cuando inicio la maniobra no viene nadie, cuando casi la he finalizado aparece una moto circulando por el carril que yo invadía, a una distancia de unos 200 metros, intento finalizar la maniobra al estar obstruyendo el trafico, no dando tiempo y teniendo como resultado el que la moto impacta en la parte trasera izquierda de mi coche.
En el parte de atestados reconocen venir sobrepasando el limite de velocidad de la via(50km/h), no hay marca de frenada y según testigos el motorista al entrar en la recta acelera.
Ahora mi seguro dice que lo más probable es que acepten la culpabilidad del siniestro, que no importa que el contrario superase el limite de velocidad, ni que no frenase.
¿Debería reclamar yo aparte del seguro, aceptar lo que me dicen o intentar hacerles entrar en razón a los de mi seguro?

2 respuestas

Respuesta
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Tal y como indicas en la forma de ocurrencia del accidente, tienes todas las de perder, siempre prevalecerá la invasión de carril contrario por parte tuya. Puedes iniciar, por tu cuenta, acciones de reclamación contra el contrario, pero dudo que un juez te pueda dar la razón en un caso como este.

En lo que yo insisto en las circunstancias del accidente, yo estaba casi por completo en mi carril, el tramo de carretera ofrece buena visibilidad para el motorista, al salir el de una curva y entrar en la recta donde yo estaba, con espacio más que suficiente para frenar, cosa que no hizo, estando yo imposibilitado a evitar el accidente y teniendo en cuenta que de venir el a la velocidad adecuada se habría evitado.
Repito que venia con exceso de velocidad, tenia un margen de unos 200 metros para reducir la velocidad, y que yo no tenia posibilidad de verlo antes de que el tomara la curva.
No entiendo como puede ser culpa mía si cuando yo inicie la maniobra no había nadie y el no hizo nada por evitar el accidente.
Aun así gracias por tomarte el tiempo y la molestia de contestarme.

Dime si intervino alguna autoridad en el accidente, si se levantó atestado.

Si intervino la Guardia Civil y los de atestados propiamente dichos,pero desconozco el contenido de momento.
Contando con las circunstancias y si en el parte de atestados apareceria señalado como culpable,o como probable culpable,que yo no se como va eso,¿podria aun asi mi compañia declararse como culpable?

Si existe atestado de la guardia civil y el mismo no te es favorable, porque indican que la culpabilidad es tuya, tu compañia no se va a declarar culpable de ninguna manera. Ten en cuenta, que en un juicio, va a tener mucho peso el atestado de la guardia civil, que se incorpora a las actuaciones judiciales, y con todo esto, es complicado que el asunto te sea favorable.

Respuesta

Es Ud. el responsable del accidente, pues antes de incorporarse a la circulación debe de ceder el paso, de acuerdo con el Código General de Circulación. Y es que si además invade el carril contrario...
   Sobrepasar el límite de velocidad es objeto de multa, pero no cambia la responsabilidad. Además, sin un cinemómetro que mida la velocidad objetiva del contrario, son todo conjeturas.

Insisto en que yo no tenia forma de verlo antes, repito que cuando yo entre en la carretera, que es una recta terminada en curva a unos 300 metros de donde yo estaba, no había nadie, creo que no hace falta un cinemómetro para darse cuenta de que a 50km/h,no se recorre esa distancia en un tiempo de entre 1 y 1,5 segundos.
Es un hecho que reconocieron el exceso de velocidad en el parte de atestados,así como el articulo 27 de la ley de circulación que dice, si no me equivoco, que debe facilitarse en la medida de lo posible, la incorporación de los vehículos a la vía, si a esto añadimos que el contrario no redujo su velocidad, ni freno, ya me dirá por que cargo yo la culpa, agradezco toda la ayuda que me brinden para saber como actuar en caso de que mi aseguradora insista en aceptar toda la responsabilidad y si esto es viable o no.

"Facilitarse en la medida de lo posible", efectivamente, pero en última instancia, es Ud. el que debe frenar o abortar la incorporación.
Por otro lado, de acuerdo con sus cálculos, si la moto recorrió 300 metros en un segundo, circulaba a 18 km/min, o lo que es lo mismo, a 1080 km/h. Si fue en dos segundos, circulaba a 540 km/h. Absurdo.
Ha cometido dos infracciones, las que le hacen ser responsable: no ceder el paso e invadir el sentido contrario de la marcha, por ninguna de la motocicleta.

Para que no conste como pendiente de resolver.

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