Ayuda por agresión recibida

Necesito que me ayuden a saber qué pasará en un delito de agresión.

El otro día sufrí agresión por parte de una chica que estaba bastante alterada y con ganas de encontrar bronca (intento esto último con todo el mundo).

Mis amigas y yo pasamos por su lado y vimos el estado de alteración que tenía dicha individua.

La cuestión es que al pasar por su lado, ella se abalanzó sobre mí; como yo estaba de espaldas no pude verla; pensé que era alguna de mis amigas haciendo el tonto: cosa que también me extraño pues no somos de hacer esas cosas. Cuando me giré observe que era la chica que quería montar gresca; por acto reflejo le puse la mano en la cara para intentar zafarme de ella, con tan mala suerte que me mordió el dedo meñique de la mano derecha y no me soltaba, tanto es así, que no soltó hasta arrancarme la 1ª falange distal del dedo 5º dedo, yo quedé en estado de “shock” por el dolor y por lo traumático de verme sin una parte del dedo; a todo esto he de sumar una fractura del de la cabeza del 2º a 5º metatarsiano (tres huesos del píe), producidas por un pisotón que me dio dicha individua.

La policía estaba allí cuando todo esto ocurrió, ya que, habían estado minutos antes con ella intentando mediar para que cesara en su actitud y dejara de montar gresca.

La policía, arrestó a la individua, llamó al servicio médico para que pudieran llevarme al hospital y pudieran operarme de urgencia, ya que ellos recogieron la parte del dedo que finalmente no pudieron reponer.

Las preguntas que me hago son: ¿Qué pasara ahora? ¿La pondrán en libertad? ¿Qué delitos le imputarán? ¿Tengo indemnización por mi agresión? ¿Puede declararse insolvente?

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Respuesta
1

Estimada consultante,

En el caso que plantea, habría que reclamar dos conceptos conjuntamente:

1. Condena penal para esta individua por una falta/delito de lesiones

2. Indemnización por los daños y perjuicios causados.

Es conveniente que, si no tiene abogado, que se asesore por uno, para que ese abogado lleve a cabo cuestiones como solicitar al juzgado que le vea a usted el forense y valore las lesiones que ha sufrido (a partir de las cuales se calcula la indemnización a reclamar) o para solicitar, si las circunstancias acompañan, una orden de alejamiento frente a esta persona.

Lo normal es que la pongan en libertad, por eso le comentaba lo de la orden de alejamiento.

Delitos que pueden imputarle, en principio y por lo que cuenta, como mínimo, falta o delito por lesiones.

Como le decía, sí tiene derecho a ser indemnizada.

La declaración de insolvencia ha de ser demostrada. Es decir, no basta con decir que se es insolvente pues, en dicho caso, todos lo seríamos. Si le toca pagar y no paga, su abogado solicitará que averigüen bienes de esa persona para embargar y cobrarse la indemnización. Y ahí es cuando se ve si es o no insovente, lo cual a veces es un poco lotería.

Si desea que le ampliemos información, no dude en contactarnos sin compromiso:

951 71 50 41

www.lariosabogados.es

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