Tarjeta de transporte privada

Hola, quería saber si es necesario una tarjeta de transporte para un camión plataforma de 6 coches.Es para nuestros coches, trabajo en un alquiler de vehículos. Sabéis cuanto cuesta una tarjeta de este tipo, ¿o podemos trabajar sin ella? Disculpad mi ignorancia...
Un saludo y muchas gracias,
Simon

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La ignorancia no es motivo para pedir disculpas, que nadie nace sabiendo.
La tarjeta de transportes de mercancías propias es exigible para vehículos con una MMA superior a 3500 kg. Por lo tanto supongo que el vehículo del que hablas lo supera.
Condiciones para la expedición de una tarjeta de tte. Privado:
Requisitos que deben cumplir los titulares
de las autorizaciones.
Los titulares de las autorizaciones de transporte privado
complementario de mercancías deberán cumplir
en todo momento los siguientes requisitos:
a) La empresa deberá estar dedicada a una finalidad
principal distinta de la de transporte de mercancías, lo
cual se acreditará mediante la documentación prevista
en los artículos 10 y 14.1.a).
b) La empresa deberá encontrarse al corriente de
sus obligaciones fiscales, laborales y sociales, lo cual
se acreditará con arreglo a lo dispuesto en los artículos
14 y 15.
c) El volumen de transporte autorizado a la empresa
deberá ser acorde con el volumen de mercancías adquiridas
y producidas por la empresa, así como con el número
de sus clientes y proveedores, pudiendo el órgano
competente, en función de los datos obtenidos, limitar
el número máximo de autorizaciones que otorgue a la
empresa.
Las necesidades de transporte de la empresa deberán
acreditarse mediante la presentación de documentación
justificativa de los extremos señalados en el párrafo
anterior.
d) La empresa habrá de disponer de los correspondientes
vehículos en régimen de propiedad o arrendamiento
financiero («leasing»), cuando éstos sean pesados,
o en cualquiera de éstos regímenes o en arrendamiento
ordinario, cuando el vehículo sea ligero, lo cual
se acreditará con arreglo a lo dispuesto en el artículo
16.
e) La empresa deberá disponer de un número de
conductores, provistos de permiso de conducción de clase
adecuada, equivalente al menos al número de vehículos
de que disponga, lo cual se acreditará con arreglo
a lo dispuesto en el artículo 15.1.b).
Artículo 33. Antigüedad de los vehículos a los que inicialmente
hayan de adscribirse las autorizaciones de
transporte privado complementario.
Los vehículos a los que inicialmente hayan de adscribirse
las autorizaciones de transporte privado complementario
no podrán superar, en el momento de la
adscripción, la antigüedad de cinco meses, contados desde
su primera matriculación.
32536 Martes 7 septiembre 1999 BOE núm. 214
Espero haberte ayudado. Si algo no lo entiendes o sigues dudando, puedes volver a preguntar.
Muchísimas gracias¡ Me has sido de gran ayuda. Ahora nos pondremos a buscar un camión nuevo en leasing.
De nuevo gracias y hasta pronto.
Simón

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