Alcoholemia

Buenas tardes;
Me pillaron en abril por conducir ebrio i tuve un juicio rapido, me condenaron a 8 meses sin carnet una multa i 22 días de trabajos en favor de la comunidad, ¿a pasado un año i aun no he cumplido los trabajos sociales i he oído por ai que estos prescriben en un año? ¿Es verdad?
El otro día recibí la carta para hacer la entrvista de los trabajos sociales, aun no he mirado que día tuve el juicio pero mi pregunta es como se cuenta ese año para que preescriban, desde la sentencia en firme hasta el primer día de trabajos sociales o hasta que te llega la carta con el día de la citación para la entrevista, hasta el día de la entrevista...
Muchísimas gracias por su tiempo..
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Eso no prescribe, es una medida impuesta por un juez y la tienes que cumplir.

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Creo que prescriben al año. Han habido muchos problemas porque se saco la ley y no se aclaro bien. Poor ello en los curso de reeducación vial y en los trabajos sociales había una lista de espera enorme. Mira esta web. Seguramente encontraras situaciones muy similares:
Suerte y puntúame la pregunta si puedes.
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Siendo una pena leve prescribe al año de la firmeza de la sentencia, no siendo posible la interrupción de la prescricpión en caso de cumplimiento de pena, por lo que si en el plazo de un año desde la firmeza de la sentencia no se ha ejecutado la pena podrás alegar prescripción
Una vez transcurrido ese año de la fimeza, si se intenta ejecutar el fallo puedes presentar un escrito solicitando que se declare la prescripción de la pena
Lo que no se son los plazos... es decir cuando es firme la sentencia ( ¿el día que tuve el juicio ya que yo deje el carnet allí o hay un plazo para que sea firme?), ¿i después hasta cuando es el año? Hasta que recibí la carta de presentarme tal día, ¿ese día de la entravista o el primer día de servicios sociales?
Muchas gracias
La sentencia es firme cuando ya no cabe recurso alguno contra ella, el juzgado debe comunicar la firmeza de la sentencia señalando que ya no cabe recurso alguno contra ella
El plazo del año entiendo se contaría hasta que efectivamente empezaras a cumplir esa pena (esos trabajos), pues no cabe interrupción de la prescricpión

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