Carnet de conducir para "nuevos" residente en España

Somos franceses y llegamos en Madrid hace 4 meses. El contrato de trabajo de mi marido no es expatriado, ahora somos 'rsidentes'. Ya he cambiado la matricula de mi coche pero quería saber si tenemos que cambiar nuestros carnets de conducir también. No he encontrado nada especifico sobre ese caso y cada persona tiene una explicación diferente. También, no quiero pasar del tiempo 'normal' o 'oficial' y tener que hacer el examen para sacar el carnet de conducir en España!
¿Tienen un informe 'ofical' sobre que tenemos que hacer?
Agradecimientos adelantados

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Los Permisos de Conducir expedidos en países de la Comunidad Económica Europea son válidos para los 27 países integrantes.
Una vez caduque, puedes solicitar su canje en España por un P.C. español o renovarlo en Francia, según tu interés.
Espero haber aclarado tus dudas, sino no dudes en volver a consultarme, un saludo y no olvides valorar y cerrar la pregunta para poder realizar otras,
Txema
Gracias Txema
Entonces, ¿cómo los permisos de conducir francés no tienen fecha de caducidade puedo vivir en España toda mi vida sin necesitar cambiar para un permiso español?
? Tienes un texto de ley ... ¿si la policía me pregunto porque no he cambiado?
Muchísimas gracias
Una sentencia del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas de 2004, condenó a España por incumplimiento de la Directiva 91/439, por haber acogido los artículos 22, 23, 24 y 25.2, del R.G.Conuctores. Dicha sentencia precisaba la regulación de esta materia y establecía que los permisos de conducir comunitarios son válidos para conducir en España sin que sea necesaria su inscripción en los registros españoles, ni su canje, ni cualquier otra formalidad.
Para dar cumplimiento al contenido de esta importante sentencia, el R.G.Con. ha sido modificado por el R.D: 62/2006, de 27 de Enero, por el que se da nueva redacción a los artículos 22, 23, 24 y 25.
Posteriormente hace unos meses se ha aprobado el nuevo Reglamento General de Conductores y en lo referente a tu pregunta dice lo siguiente:
http://www.lexureditorial.com/boe/0906/09481-6.htm
Por lo tanto, si tenéis otorgada la tarjeta de residentes, sí, contraéis la obligación de renovar la validez de vuestro Permiso de Conducir francés superando las pruebas psicofísicas que se precisan para la renovación del permiso español, pero no tenéis la obligación de cambiarlo por uno español. (Esperemos que los eurodiputados se pongan las pilas y reunifique la legislación para todos los países).
Espero que esto aclare vuestras dudas y no os genere más.
No sé como podría ter descubierto ese sin vos.
Muchiiiiiiiiisimas gracias.
Sophie valora y cierra la pregunta.

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