Registros de seguridad ciudadana Guardia Civil

Actualmente vivo en una zona donde los controles de circulación son diarios. En estos controles los efectúa la guardia civil, que se sitúan en el medio de la carretera simplemente con sus chalecos reflectantes sin ningún otro tipo de señalización y con su coche medio escondido. Siempre que paso por la localidad en cuestión te hacen parar y después te mandan seguir (me parece peligroso, pues lo hacen sean cuales sean las condiciones del tráfico). ¿Es correcto ese tipo de actuación? (Si coincide que están, pueden pararte cada vez que pasas... Hasta 20 o 30 veces al mes). Por otra parte, si llevas una furgoneta, proceden automáticamente a realizar un "registro de seguridad ciudadana" allí mismo. Mismamente ayer circulando con mi coche observe como venían en dirección contraria con sus luces encendidas (las del techo) detrás de una furgo, yo paré inmediatamente mi coche en el arcén, pero la sorpresa es que toda esa parafernalia para parar a la furgoneta (que eran unos turistas de camino) y registrarla. ¿Pueden hacer esto en la calle o podemos exigir ese registro en un cuartel? (Lo digo porque en la calle a parte de que todo el mundo te ve y por otra parte no queda ningún registro)... Me siento como un delincuente y la verdad es que en cuanto ven que eres joven o que vas en furgo, zas... Registro y pueden ser varios en un sólo día. Esto a mi me parece acoso y no estar velando por la seguridad y la convivencia.
Perdón por tanta literatura y

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Todo tipo de control Policial, sobre vías de circulación de vehículos, debe estar señalizado adecuadamente y ateniéndose a las características de la vía donde se realice, sobre todo si es un control habitual y no exporádico o excepcional y por motivos de efectividad o premura en la persecución de un delito en concreto.
Puedes realizar una queja a los mandos de la Guardia Civil de tu provincia, en el sentido que refieres y haciendo hincapié en la falta de seguridad para el tráfico rodado que conllevan ese tipo de controles sin señalización adecuada.
Hola, MUCHAS GRACIAS por la información. ¿Me podrías aclarar si puedo obligarles a que me registren en un cuartel? (Ya se que es más incómo para mi), porque no me parece normal que lo hagan en la calle y no sólo una vez, digo yo que si lo hacen en el cuartel tendrán que realizar un informe y de esta manera en un momento dado justificar todos esos registros, porque NUNCA me han encontrado nada y me siento un delincuente perseguido.
Las diligencias de identificación de personas, control SUPERFICIAL de efectos personales y el registro de vehículos, PUEDEN afectar a los derechos fundamentales. No será así mientras exista proporcionalidad y racionalidad en la actuación, como marca reiterada jurisprudencia del Supremo y del Constitucional. El amparo legal se fundamenta en la LO 2/86 (art. 11.1.f y g), la LO 1/92 (art 18, art. 19.2 y 20.1) y la LECr (art. 282).
Estas actuaciones de identificación son un sometimiento legítimo a las normas de Policía, que no se consideran una privación del derecho a la libertad y libre circulación, si se respetan los requisitos exigidos.
En cuanto al cacheo(no registro corporal): realizado por persona del mismo sexo; según su intensidad realizarlo en lugar reservado y evitar posturas degradantes humillantes; efectuados bajo criterios de proporcioanlidad y racionalidad.
Como puedes comprobar, solo ante el cacheo personal puedes exigir que se realice en un lugar reservado, eso no quita para que se realice un acta de identificación y cacheo cada vez que se de el caso y que deberá quedar registrado en el Libro de Identificaciones del cuerpo policial, con la fecha, la hora y el lugar donde tuvo lugar.

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