Voy a cumplir 61 años y me faltan 6 meses para tener una cotización de 30 años.

Dentro de unos días cumplo 61 años y querría jubilarme de forma anticipada. Lo que sucede es que hasta dentro de seis meses no cumpliría los 30 años de cotización exigidos. Fui despedida de forma improcedente hace dos años y termino de cobrar el paro este mismo mes de marzo.

Querría preguntarle si sería posible cotizar los meses que me quedan suscribiendo un convenio especial y jubilarme a los 61 años y medio o a los 62.

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En primer lugar e de decirte que la jubilación voluntaria se a suspendido hasta

En primer lugar e de decirte que la jubilación voluntaria a los 61 y a los 565 años se a suspendido porque el gobierno del señor Rajoy quiere retrasarla dos años mas es decir que los trabajadores que se quedaban sin empleo por causas ajenas a su voluntad y que hasta el año 2012 se podían jubilar a los 61 años hasta con 30 de cotización l gobierno quiere que se dicha jubilación se retrase hasta los 65 años en vez de los 61 como hasta el año 2012 pero ademas el periodo de cotización que se requiere para acceder a la jubilación anticipada es de 33 años, por lo que los 30 que tienes cotizados en la actualidad, ya no te sirven en ninguno de los casos para jubilarte anticipadamente ademas los solicitantes de la jubilación anticipada tienen que haber sido despedidos por causas económicas técnicas organizativas o de producción por muerte del empresario o cierre empresarial etc, por lo tanto no vale cualquier tipo de despido, razón por la que te aconsejo que te pases por la tesorería provincial del INSS de tu comunidad para que te informen adecuadamente de las nuevas condiciones que se van a necesitar para acceder a la jubilación anticipada por causas ajenas a tu voluntad.. De tordas formas aquí te dejo un enlace con mas información.. Si no necesitas ninguna aclaración, no se te olvide calificar la respuesta pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta para que me puedas volver a consultar otra vez .. Gracias y un saludo..

http://www.eldiario.es/economia/Congreso-comienza-debatir-pensiones-contrarreloj_0_90291402.html

Sobre todo te lo preguntaba porque según tengo entendido, los que fuimos despedidos antes de la ley de agosto de 2011 todavía podríamos acogernos a la ley antigua.

Efectivamente, tu despido se produjo antes del dos de agoto del 2011 puedes acogerte a la anterior legislación por lo que efectivamente te puedes jubilar a los 61 años con 30 cotizados por lo que puedes suscribir un convenio especial con la seguridad social hasta que completes el tiempo que te falte hasta cumplir el periodo de 30 años de cotización por lo que deberás de acudir a la tesorería provincial del INSS de tu comunidad para que te den de alta en dicho convenio, de todas formas en estos enlaces tienes mas información al respecto. No se te olvide calificar la respuesta pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta un saludo..

http://www.seg-social.es/Internet_1/Trabajadores/Afiliacion/Conveniosespeciales/Conceptosgenerales/index.htm

http://www.cincodias.com/articulo/economia/seguir-cotizando-pension-tener-empleo/20090504cdscdieco_2/

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