Proceso para darme de alta como autónomo

Durante los últimos 6 meses he realizado algunas facturas y por ello me han dicho que tengo que darme de alta en el modelo 036. Mi duda es si voy a tener algún problema por no haber declarado el IVA hasta ahora o bastara con declarar todo el iva del año en el mes de enero.
Por otro lado, he leído que me tengo que dar de alta en el iae, ¿es cierto? Yo soy trabajador por cuenta ajena y recibo algunos ingresos por comisiones que facturo (aproximadamente 500 euros al mes). Tengo entendido que el IAE esta exento si tu nivel de facturación es inferior a 1 millón de euros, ¿aun así me tengo que dar de alta en el formulación de la hacienda publica?
Por otro lado tengo dudas sobre si me tengo que dar de alta en la seguridad social como autónomo. Yo ya estoy cotizando como trabajador por cuenta ajena, ¿debería darme de alta y pagar la cuota ademas de la que se paga al ser trabajador por cuenta ajena?

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Con toda seguridad le sancionarán por infracción leve una vez presente las declaraciones.
Si está realizando actividades profesionales onerosas y de forma directa tiene la obligación de dar de alta la actividad económica en la declaración censal y dar de alta el correspondiente IAE (aunque de ello no se devengue el pago porque pueda estar exento debido a que no cumple las condiciones mínimas que hacen exigible el pago pero el documento deberá cumplimentarlo).
Así mismo, tiene la obligatoriedad de darse de alta como trabajador autónomo en el RETA.
Respecto a sus dudas - si los trabajos los factura tiene la obligatoriedad de darse de alta en hacienda y declarar el alta del IAE. Respecto de la seguridad social habría que determinar el alcance del aspecto de la habitualidad de los trabajos. Si estos se realizan periódicamente en el tiempo implican el alta en el RETA.
La ambigüedad legal existente no supone amparo ni una conclusión concreta respecto a la posibilidad de no darse de alta ya que la habitualidad es a consideración de los organismos de la seguridad social.
Muchas gracias por la respuesta.
Otras dudas adicionales:
Entiendo entonces que si trabajo ocasionalmente como autónomo y como trabajador por cuenta ajena 8 horas al día ¿puedo argumentar que no es necesario darme de alta en el RETA?
¿El alta en el IAE es automático cuando cumplimentas el modelo 036?
Un saludo.
No, no es así, son dos regímenes compatibles ya que las actividades por cuenta propia suponen la obligatoriedad del alta como autónomo para poder prestarlas ya que el pluriempleo es una opción posible y factible más allá de que trabaje 8 horas por cuenta ajena. Respecto al alta en IAE se debe cumplimentar en documento a parte de la declaración censal (si no ha variado).

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