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Hola:
Uno de los requisitos fundamentales para estar obligado a darse de alta como autónomo es que el socio-administrador trabaje a título lucrativo de forma habitual y continua en la empresa.
En este caso no habría habitualidad, quedaría por ver si se pagan honorarios al administrador por su trabajo.
Si el administrador trabaja de forma gratuita, es decir, no cobra por su trabajo de administrador, no se cumplen los requisitos para estar obligado a ser autónomo por lo que la empresa podría funcionar tal y como comentas, sin personal.
Los repartos de dividendos no tienen la consideración de rendimiento por el trabajo.
Espero haber resuelto tu duda, un saludo y no olvides puntuar la respuesta.
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