Grupo de cotización en la Seguridad Social

Actualmente estoy cotizando por el grupo de cotización 5 (oficiales administrativos) cuando debería hacerlo por el 2 (ingenieros técnicos, peritos...).
¿En qué me perjudica o beneficia esto?

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Actualmente los grupos de cotización 5 y 2 tienen los mismos topes máximos de cotización (¿2.652,00?) Por lo que en principio no existe perjuicio al estar en una u otra ubicación, salvo la "honrilla" de estar en una categoría superior con un grupo de cotización inferior.
¿En caso de de quedarme en el paro tampoco me afectaría? Me planteo la duda porque si no hubiera diferencias, no habría diferentes grupos, ¿no?
No te preocupes porque el hecho de estar en un grupo u otro tampoco te afectará a tu prestación de desempleo. La verdad es que hoy día el tener un grupo u otro no afecta en lo más mínimo, lo que pasa es que antes sí que existían diferencias por diferentes topes de cotización. La única particularidad es que los grupos del 1 al 7 se consideran cotizaciones mensuales y del grupo 8 al 11 se consideran cotizaciones diarias (vestigios del pasado).

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