¿Contabiliza lo mismo para acumular paro un contrato a jornada completa que uno a jornada parcial?

Tengo 361 días acumulados en el paro, pero todos los contratos no son a jornada completa, alguno es a tiempo parcial.

¿Tengo algún problema para disfrutar ese paro?

O teniendo los 361 días ¿es indiferente la jornada que hayas realizado.?

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Independientemente de la duración de la jornada laboral, para cobrar la prestación por desempleo se necesitan trabajar por cuenta ajena cotizar al RGSS y al SEPE para la cobertura del desempleo durante 360 días, pero como la cuantía de la prestación se calcula con las cotizaciones de los últimos 6 meses y los topes máximos y mínimos de dicha cuantía varia en función de si se tiene o no se tiene hijos y de si se tiene uno o mas de dos hijos.. El único inconveniente con el que te vas a encontrar cuando tengas que cobrar el paro, es que si el los 6 meses anteriores a la extinción del ultimo contrato de trabajo as tenido contratos de trabajo con diferentes parcialidades los topes de la prestación se reducen en proporción a la parcialidad de las horas trabajadas en los últimos 180 días pero para que lo tengas mas claro aquí te dejo un enlace que te lo explica de forma muy clara y fácil de entender.. Un saludo y buena suerte.. No se te olvide finalizar la pregunta

Como no pega el enlace aquí te dejo la transcripción integra:

2 cosas a entender: (siempre hablaré del dinero a cobrar en bruto)
a) Cálculo de la prestación - Se cogen las bases de cotización por desempleo de los últimos 180 días trabajados (6 meses) y se hace el promedio. De la cifra resultante, se cobra el 70% los 6 primeros meses y el 60%, de haberlos, los siguientes.
b) Los topes del paro - El paro a cobrar tiene 2 límites: uno máximo y otro mínimo. Si el 70% que hablábamos antes está por encima del máximo, cobras el máximo; si está por debajo del mínimo, cobras el límite mínimo. Si ese 70% está entre ambos valores, cobras precisamente ese 70%
Es importantísimo entender que el hecho de trabajar a tiempo parcial NO MODIFICA LA FORMA DE CALCULAR LAS BASES DE DESEMPLEO. Ahora bien, si tu ÚLTIMO trabajo es a tiempo parcial (pongamos 30 horas semanales, que es el 75% de la jornada completa - 40 horas-) LOS TOPES DEL PARO SE VERÁN REDUCIDOS al 75%
Tu caso es precisamente el contrario. Estabas a tiempo parcial y pasaste a tiempo completo. Ya sabemos 2 cosas: los topes de tu paro serán al 100% y el promedio de tu base se calcula con normalidad.
Desarrollemos el ejemplo con cifras ficticias; tanto tus bases como los TOPES.
Los topes al 100% los pondremos a 1000€ max y 500€ min.
De tus últimos 6 meses, 5 los pasaste al 50% y el último al 100%. Pues bien, supondremos que durante esos 5 meses cotizabas 500€/mes y él último mes al 100% cotizaste 1000 eurillos.
Hagamos el promedio:
500x5=2500
1000x1=1000
3500€ dividido entre 6 meses = 583,33€
Nos falta hallar el 70% de esto: 583,3x0, 7= 408,33€
Esta cifra, está por debajo del TOPE MÍNIMO AL 100% con lo cual cobrarás (insisto, en bruto) 500€
Ricemos el rizo y démosle la vuelta a la tortilla. Tú trabajabas a tiempo completo cotizando 1000€/mes, pero los dos últimos meses cambiaste de empresa y te pusiste al 25% (10 horas semanales) cotizando 250€/mes.
Una vez más, las bases se calculan con normalidad. Miramos los últimos 6 meses y nos encontramos con:
4x1000=4000
250x2=500
4500€ dividido entre 6 meses = 750€
Nos falta hallar el 70% de esto: 750x0, 7= 525€
He aquí el drama. Acabaste en una empresa trabajando al 25%, por tanto los topes originales de 1000 max y 500 min pasan a ser de 250 max y 125 min. Tu base supera el límite máximo. Vas a cobrar 250€ (sigo hablando en bruto)...
MORALEJA: hay que tener un cuidado enorme con pedir el paro si durante los últimos 6 meses de cotización se ha trabajado algo a tiempo completo, pero la ÚLTIMA contratación es a tiempo parcial. Te puede arruinar el paro.

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