Despido

Hola, agradecería que me informaras sobre mi caso. Llevo trabajando en un salón de estética desde el 9 de Abril de 2007 y me han comunicado que el 31 de Diciembre de 2010 la empresa va a cerrar. A mediados de Septiembre me redujeron la jornada laboral a 4 horas, quisiera saber que me tienen que dar en el momento del despido (finiquito, indemnización...), posiblemente mi jefa se declare insolvente, ¿qué es lo que me correspondería?. Gracias.

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Tu jefa puede hacer varias cosas... declararse insolvente por lo que tendrías que demandar y esperar a que te den algo del FONDO DE GARARNTIA SOCIAL (FOGASA), o despedirte por causas objetivas como es un cierre de negocio... esto serían 20 días de salario por año trabajado... el cálculo te lo tendría que hacer de lo REALMENTE GANADO EN EL ÚLTIMO AÑO, al haber tenido cambio de salario, no debería coge ultimo salario y multiplicarlo sino lo realmente ganado.
Y si fuera ella muy buena te daba 45 días perro no creo...
El finiquito te corresponde sí o sí, debería dártelo es independiente de la indemnizacióno si no tienes que hacer una reclamación de cantidades al juzgado de lo social.
Ella tendrá que demostrar y bien que realmente es insolvente... así que si no tienes más remedio denuncia y que se ocupe el FOGASA y juzgado...
Hola, muchas gracias, creo que me has aclarado bastante, a ver si me he enterado bien. Si no se declara insolvente, sería un despido por causas objetivas y me corresponderían 20 días por año(si quisiera me podría dar 45), que se calcula teniendo en cuenta el salario base del último año (de Enero a Septiembre jornada completa y de Septiembre a Diciembre media jornada) y multiplicándolo por 3 años, más el finiquito ( como el despido es a 31 de Diciembre, ¿qué finiquito me corresponde? Y si se declara insolvente no me paga nada ( ni indemnización ni finiquito) y tengo que reclamarlo al FOGASA
Otra cosa, yo no he acabado mal con ella, y realmente es que el negocio no funciona, ¿qué consecuencias tiene el que la demande para cobrar del FOGASA?
Perdona por preguntarte tanto, pero es que no tengo ni idea de lo que me corresponde y no quiero que me engañen, muchas gracias por tu ayuda.
El calculo de indemnizacióne es suma tus cantidades REALES de último año. Y calculas la proporción de 45 días de salario (o 20) de ese total y eso lo multiplicas por los años y días que llevas... es decir, haz la proporción si 45 días es a 365 días etc... es un poco difícil sin más datos...
A 31 de diciembre el finiquito depende de cuántas vacaciones que has devengado (a 31/12 has devengado todos los días ) y que no has disfrutado y la parte proporcional de paga que tampoco hayas cobrado... pero a 31/12 te debería las paga entera... todo depende cómo las cobres...
Lo que reclamas en el FOGASA es la indemnización solo, y no denuncias propiamente a tu jefa... además estás en tu derecho.. si ella se declara insolvente precisamente es para "librarse" de ciertas obligaciones como pagarte la indemnización.. así que.. eso ya lo debe tener asumido. Lo que sí te tiene que dar ella es el FINIQUITO... y si no, peus sí tienes que denunciarla "reclamación de cantidades" en el JUZGADO DE LO SOCIAL" no creo que tu liquidación sea mucho... así que si no te lo paga... no deberías "perdonárselo" ...

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