Competencia desleal entre mercantiles

Nosotros somos una pequeña empresa local cuya actividad mercantil es la instalación de sistemas de seguridad. Actualmente disponemos de una colaboración como distribuidor comisionista de una de las grandes empresas de sistemas de seguridad del país, gracias a esta colaboración distribuimos sus instalaciones de sistemas de seguridad, ganamos una comisión por venta de sus servicios y ellos realizan la instalación.

En nuestro contrato de colaboración aparece la siguiente clausula: <<El distribuidor comercial se obliga a no representar en el territorio nacional a cualquier otra mercantil, cuyos productos o servicios puedan implicar competencia con los propios de "Nombre de la empresa a la que vendemos">>.

Si nuestra actividad mercantil es la misma que la de ellos, y por tanto nuestros servicios implican competencia con los de esta compañía ¿podemos en algunos casos ofrecer nuestros productos a los clientes, en vez de los productos de ellos, sin entrar en conflicto con la clausula contractual expuesta?

Respuesta
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La cuestión puede parecer compleja a simple vista, pero no creo que lo sea tanto. Si ustedes son "el distribuidor comercial", lo que el contrato dice es que se obligan a "no representar a cualquier otra mercantil", es decir, no les prohíbe ejercer su propia actividad (que, además, es la que figura en su objeto social y, se supone, la empresa distribuida podría haber conocido, ya que es un dato público).

Sinceramente, creo que, por la información suministrada, no debería preocuparse, pues está dentro de los usos mercantiles habituales que una empresa sea vendedora de un determinado producto y, a la vez, comercializadora de otro complementario. Caso distinto sería el de un agente comercial que pretendiese ser comisionista de dos empresas que se dediquen al mismo género de actividad.

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