Hipoteca del registro cancelada por otra persona

Mi problema es un poco raro y no se que hacer, me siento perdido y con muchos problemas.
Vendí un piso desconociendo que padecía de aluminosis, los compradores me denunciaron. Les ofrecí pagar la reparación, devolverle la cantidad que pagaron, etc. En el juicio ya hay resolución definitiva y me condenaron a pagar la cantidad que ellos pagaron, más los gastos de recibos, más intereses más todo. Par poder hacer eso mi padre me ayudo pidiendo una póliza de crédito y se pagó absolutamente todo lo que indicaba el auto de la sentencia.
En el auto, la juez, no indica nada de levantamientos en el registro de la hipoteca que los señores que me compraron el piso pidieron para realizar la compra. Desde todo eso, noviembre del 08, he querido pedir una hipoteca de ese piso para cancelar la póliza que mi padre pidió para cumplir con la sentencia.
Solicité la carta de cancelación de su hipoteca que consta en el registro a los compradores y me responden que ellos ya han pagado y que no quieren saber nada con migo y que no los moleste o me denunciaran. Tanto yo como el banco que me hace la hipoteca hemos solicitado al banco que les realizó la hipoteca a los compradores la carta de cancelación par poder ir al registro y levantarla, después de tres meses contestan diciendo que solo les pueden dar esa carta a sus clientes, pero ni a mi ni al banco al que quiero pedir la nueva hipoteca para cancelar la póliza de mi padre.
El gran problema es que el día 20 de junio del 09 vence la póliza y ni tenemos dinero para cancelarla ni para renovarla, como no sea con esa nueva hipoteca.
La situación actual es que el piso está a mi nombre y con la carga de la hipoteca que pidieron los compradores, por lo que el banco que me debe dar la hipoteca a mi, no puede hacerlo hasta que no este limpia en el registro, y nadie me quiere saber nada.
Les ruego si alguien lo sabe, por favor que me diga que debo hacer y hasta que punto es legal, que el banco de los compradores (santander), estando la hipoteca cancelada, constando esa hipoteca en el registro y estando el piso a mi nombre no están obligados a darme cualquier documento que indique que no solo está cancelada, sino que ademas yo no les he pedido nada a ellos sin embargo consta en el registro como si lo hubiese hecho.
Me comentan de un requerimiento notarial, pero que puede tardar semanas o meses en obtener respuesta y yo antes del día 20 de junio debo cancelar la póliza de mi padre o le embargaran su casa, cosa que si pasa creo que haré un disparate pues mis padres son muy mayores y los mato de un disgusto.
Como he leído que influye algo según las comunidades, esto es una ciudad en la provincia de barcelona.
Agradezco muchísimo de antemano, si algún experto me dijera que debo hacer lo más urgente posible o no llego para el día 20 de junio.
Perdonen por lo extenso del post, pero es para que puedan conocer bien la situación tan extraña que estoy viviendo.

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Lo más rapido que se me ocurre y que quizás le permitiría a usted poder disponer al menos de una copia de la cancelación hipotecaria ( lo que le daría a su banco la seguridad de que la hipoteca esta cancelada) es iniciar unas diligencias preliminares, en virtud del artículo 256.1.2º, solicitando que le sea exhibido el documento de cancelación, y se le entregue una coia del mismo, a fin de iniciar el correspondinet juidio ordinario reclamando que se inscriba la cancelación.
Esto sería lo más rapido probablemente. Al menos para poder disponer de una copia testimoniada de la carta de pago, y que su banco de alguna manera vea que no hay carga aunque este inscrita y así darle la hipoteca.
Luego conmas calma y si las otras personas siguen sin querer inscribir la cancelación, ya podría exigérsela e el juicio correspondente.
Apreciado Sr. osml03,
Ante todo, muchísimas gracias por la pronta respuesta y muy clara a pesar de mi ignorancia.
¿Estas diligencias preliminares deben ser contra el banco?
(No se si la palabra correcta es contra o hacia el banco).
Y, ¿Debo de realizarlas en el juzgado de guardia o en algún otro lugar?.
Es usted muy amable.
Muchas gracias
Deben ser contra ambos, es decir contra el banco y contra los antiguos compradores.
Y para hacerlo necesita un abogado. Se formulan en el juzgado de primera instacnia del lugar donde se encuentre la vivienda. Pero ya le digo usted no puede hacerlo necesita un abogado.
Sr. osml03,
Sinceramente agradezco muchísimo su rapidez en las respuestas y su claridad,
Vamos a ver si salimos de esta.
Muchísimas gracias es usted muy amable

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