Deducción descendiente por hijo obligado a declarar, renta menor a 1800€

Mi hijo menor de 25 años percibió por actividades económicas 1627€ en el ejercicio 2010, según me dijeron en la oficina de hacienda podíamos incluirlo en la declaración conjunta porque se trataba de una renta menor a 1800€, sin embargo que acaba de llegar una propuesta de resolución provisional en la que se suprime la deducción por descendiente por haber presentado declaración.

Voy a alegar refiriéndome al art 61.2 que no aplica el derecho de deducción a los hijos que declaren rentas superiores a 1800€

¿Es correcto?

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Respuesta
1

No
Procederá la aplicación del mínimo por descendientes, ascendientes y
discapacidad cuando lo ascendientes, descendientes que generan el derecho a los
mismos presenten declaración con rentas superiores a 1800

Cuando se refieres a 1800 se refieren a rendimientos íntegros a lo mejor los rendimientos íntegros son superiores a esos 1800 y los rendimientos netos son los 1627

En otro caso estarás en tu derecho en pedir un rectificación de autoliquidación al considerar que la misma perjudica tus derechos

Muchas gracias por tu respuesta, los rendimientos íntegros fueron de 1627 pero en la oficina me dijeron que al estar obligado a declarar no podía beneficiarme por la deduccion por descendiente, ya presenté la alegación, incluí además la referencia a los requisitos de descendiente.

Un saludo

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