IRPF - Dos pagadores

Mi situación laboral en el año 2009, fue de enero a mayo sin cobrar salario por por parte de la empresa, en mayo se aprueba una regulación de empleo durante 6 meses, por lo tanto estuve cobrando prestación por desempleo durante 6 meses. En noviembre, al finalizar el ERE, me incorporaron de nuevo a la empresa. Los salarios de noviembre y diciembre los he cobrado el 15 de enero de 2010.
Mi pregunta es ¿cómo me va a afectar esta situación de cara al impuesto de la Renta?, a efectos de hacienda yo tuve dos pagadores, por tanto estaré obligada a declarar, pero en realidad sólo he cobrado la prestación. Los salarios adeudados están solicitados a FOGASA, pero no los he cobrado todavía.
Tengo certificado de la empresa reconociendo la deuda y sentencias firmes.
Muchas gracias.

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Debes de formular un escrito a la Agencia Tributaria en formato de instancia, exponiendo lo que has expuesto. Recalca muy claramente que no cobraste tus sueldos de enero a mayo y que por lo tanto, consideras que no debes de declarar como rendimientos unos ingresos que no has percibido ni percibirás.
Hacienda debe de responder exonerándote de tributar por ellos. Creo que igual debes de presentar la declaración, pero el pagador que no te ha ingresado figura con rendimientos a cero.

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