La web de una empresa pagan como inversión o gasto

Repito la pregunta por que ha pasado algo raro al enviarla y no sé si llegó.
Ahora resumida: Diseño páginas web en España para terceros y quisiera saber el tratamiento fiscal de cara a mi cliente. ¿Es decir paga o se deduce por su inversión? Según como sea puede ser un argumento de venta o mejor callárselo, pero sobre todo, qué respondo si me preguntan...
Muchas gracias por tu tiempo
Y un saludo cordial...
Jose Antonio
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Respuesta
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Se puede tratar de las dos formas, ya que la página web es propiedad de la empresa y se puede tratar como un inmovilizado inmaterial.
También se puede tratar como un gasto por un servicio prestado desde el exterior. De las dos formas esta bien pero según tengas la cuenta de resultados puedes optar por una u otra opción según interese.
Según mi experirencia yo lo trataría como un gasto pues entiendo que si se trata de una inversio, ya que la página web puede variarse y nos cuesta dinero nos encontramos con el problema de la vida útil, etc. por lo que tratándolo como un gasto no hay problema pues entiendo que el importe de la pag. Web no es muy signifivativo financieramnet
un saludo
Muchas gracias por la respuesta y por su prontitud.
Entiendo entonces que, una página web corporativa como las que hay cientos en la internet, o una web con información y servicios para el cliente, podría tratarse como una inversión en publicidad o un gasto en definitiva -como poner una cuña en radio por ejemplo-.
Pero si la web fuera una tienda on line, ¿es decir que produce rendimientos directos para la empresa el tratamiento debería ser diferente? (La otra fórmula se supone que también producirá beneficios pero no son cuantificables).
Perdona pero la gestión contable y financiera es mi talón de aquiles..
Un saludo mil perdones por mi ignorancia.
Jose Antonio
En una página web se pueden considerar varios aspectos y en función de quien los trate o en función del significado que se de se puede interpretar como un concepto de gasto o como otro.
Tu mismo lo has apuntado en tu pregunta, puede ser publicidad si se enfoca desde el punto de vista de que se ofrecen los productos y/o servicios de la empresa y se asimila a un folleto, cuña de radio, etc.
También se puede interpretar como un servicio exterior ya que tu vas a tener una factura por un servicio realizado por una tercera persona que te ha diseñado la página web.
Si la web fuera para vender como si fuera una tienda el tratamiento seria igual pues seria un gasto necesario para obtener unos ingresos, por tanto seguimos en que es una gasto (luego otra cosa seria que tipo de gasto según como lo tratemos para imputarlo en la cuenta correspondiente).
De todas formas no creo que sean rendimientos directos porque la página web se puede considerar como un servicio puesto a disposición del cliente para realizar sus pedidos y comprar a través de ella. Si sabrás lo que vendes con esa forma de venta pero el tratamiento seguiría siendo de gasto.
Piensa en la venta por teléfono, sabrás lo que has vendido de esa forma pero el tratamiento de las llamamdas seguirá siendo gasto.
Muchas gracias por la respuesta, creo que ahora tengo claro el concepto. Las oficinas de una empresa que crece son ampliadas, sea cual sea el resultado para la empresa de esa ampliación y su tratamiento contable y fiscal, la factura de los pintores y albañiles es un gasto...
Muchas gracias por tu tiempo y la aclaración.

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