Impuesto de sociedades.

Buenos días. Soy la administradora de una S.L. Que por suerte da muchos beneficios anuales, pero aún teniendo en cuenta todas las ventajas de una empresa de reducida dimensión, el 35% de pago de I.S. Es excesivo... ¿Hay alguna fórmula para rebajar ese beneficio? Por ejemplo, se me ocurre que como administradora puedo incluir como dietas fuera de nómina gastos de viajes, representación, etc... ¿por importe más bien elevado? ¿De qué importe máximo?. Le agradecería me indicase algún "truqito".. Gracias por su tiempo y atención.
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Bueno en principio he de decirte que estas mal informada, ¿si efectivamente tu empresa es de reducida dimensión el tipo impositivo que se le aplica es el 30% hasta los 90.015,18? De beneficio, la cantidad de beneficios que sobrepase dicha cuantía sera la que tribute al 35%. Por otro lado, como truquito, truquito no existe ninguno, efectivamente puedes deducirte como gastos todos aquellos que deriven de tus desplazamientos con ocasión del desarrollo de tus tareas de administradora, gastos hoteles, cenas, etc. pero su deducibilidad fiscal siempre esta condicionada a que efectivamente sean necesarios para la actividad productiva, por ejemplo cena de negocios en la que se cerrase una operación de compra de gran volumenen a tu empresa por parte de un cliente. Por otro lado existe una serie de beneficios fiscales para este tipo de empresas como son libertad de amortización, deducciones en función de la actividad, provisiones por insolvencia, deducciones por reinversión, etc. que aplicándolos te puede beneficiar y proporcionar una cuota a pagar menor, pero para saber de su posible aplicación habría que conocer exactamente las operaciones que has realizado a lo largo del año.
Ante todo le agradezco la rapidez en su contestación. Efectivamente, me he explicado mal, el 35% lo estoy aplicando al importe que sobrepasa de 90.015,18 euros, como Ud. bien dice. Mi empresa se dedica a la venta de equipos informáticos y programas (hardware y software). Los principales gastos de representación son los correspondientes a gastos de combustible del vehículo (turismo a nombre de la S.L.) y otros de desplazamientos. Me interesa mucho saber QUE CANTIDAD PUEDO DEDUCIR COMO GASTO. ¿En vez de incluirlos en la nómina puede ser a través de un recibo mensual y así no lo incluyo en el modelo 190 para evitar problemas? En una comprobación que tuve hace tiempo, me ponían muchos impedimentos con las dietas y medias dietas. Gracias y un saludo.
Según lo que me comentas lo ideal que las facturas por dichos gastos vayan a nombre de la sociedad, no ha tu nombre, ya que entiendo por lo que me comentas que el vehículo esta completamente afecto a la actividad empresarial no creo que haya problema en deducirte el gastos en carburante siempre y cuando la factura formal se realice a nombre de la compañía. Los problemas que te ponía la administración tributaria para deducirtelos como gastos cuando estaban en tu nomina es por que efectivamente existen unos limites de fijados cuando se incluyen como dietas de los trabajadores, pero si se formalizan a través de la compañía puesto que es gasto de la misma no creo que tengas problemas ya que son deducibles todos los gastos necesarios para la actividad.

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