Que pasa si no cobro el paro ¿

Hola, tengo una pregunta. Aver que me puede ayudar ;)

Ayer me quede sin trabajo, pero quiero aprovechar y irme fuera para pasar el invierno en mi país 5 meces. Que pasa si no pido el paro ahora y lo quiero dejar para pedirlo cuando vuelvo ? Pierdo el paro ?? Se puede pedir luego ? O hay que trabajar un mes para pedirlo de nuevo ? O hay alguna opción de pedirlo ahora y paralizarlo y cobrarlo cuando vuelvo ??? Espero vuestra respuesta . Gracias

Respuesta
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En este caso habría dos opciones:

Opción 1- Solicitar la prestación antes de irte y comunicar la salida al extranjero durante los 5 meses para suspenderla por ese período. En este caso, al ser una salida por más de 90 días, deberías acreditar documentalmente lo que has estado haciendo en el extranjero, y a de ser una de estas 4 opciones: trabajando, buscando trabajo, cursos de formación/perfeccionamiento o cooperación internacional. Debes tener en cuenta que si estás más de 12 meses en el extranjero la prestación se extingue y no se podría reanudar.

Opción 2- Esperar a solicitarla a la vuelta. Para este caso deberías trabajar de nuevo y solicitarla en el plazo de 15 días naturales desde la finalización del nuevo contrato. No hay duración determinada para poder solicitarla, simplemente que no sea una baja voluntaria.

Si vas a irte fuera y no vas a poder acreditar documentalmente que has estado haciendo una de las cuatro casos de la opción 1, lo más aconsejable es que lo solicitaras al regreso pero sabiendo que primero has de tener una nueva situación legal de desempleo como te he dicho.

Hola, gracias por su respuesta tan rápida. Tengo una pregunta mas, cuando voy ha volver me prometí una empresa un contrato de 2 meces, y la pregunta es : con estos 2 meces es bastante para poder pedir el paro ? es que como conozco yo la suma de que te pagan en el paro depende de los últimos 6 meces cotizados, como se va calcular en mi caso ? 4 meces del anterior trabajo y 2 del ultimo ???? Gracias

Exacto, tal y como lo has explicado. Se calcula con los últimos 180 días trabajados antes del cese que da derecho a la prestación. Con los dos meses sería suficiente siempre que no sea una baja voluntaria.

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