Fin de contrato y liquidación.

Saludos, mi mujer trabaja en un hotel con contrato "por temporada", y con las pagas extras ya incluidas en la nómina, el problema es que el año pasado al finalizar la temporada, le pagaron el mes vencido y nada más.
¿No debería corresponderle cobrar la liquidación, ya que las vacaciones no las disfruta?.
En caso afirmativo, ¿a dónde se puede acudir a reclamar?, ya que este problema lo padecen todos los trabajadores de ese hotel, y se temen que este año les ocurra lo mismo.

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En principio si tiene derecho a cobrar las vacaciones no disfrutadas (lo que habría que comprobar es que efectivamente no estuvieran ya abonadas de alguna forma). Si no se las han abonado debe acudir a la jurisdicción social, primero intentar la conciliación y en su defecto acudir a juicio. El plazo para reclamar salarios prescribe al año de su devengo (fecha en la que nació el derecho a percibirlos).
Le aconsejo que si decide acudir a la jurisdicción social, sea asistido de un profesional (graduado social o abogado), si el asunto se aborda desde una pluralidad de empleados la cosa sale muy económica.

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