Contrato laboral

Buenos días, en primer lugar voy a explicar mi situación. Empecé a trabajar en la empresa en la que estoy con un contrato mod. 402 por 6 meses, una vez terminado este periodo me renuevan por 6 meses más y a la finalización de este contrato me dan de baja y al día siguiente me vuelven a dar de alta con un contrato 401 por un año. En principio no sé si esto es legal o tenían obligación de pasarme a indefinida. En principio supongo que cuando se termine este nuevo contrato que tengo ahora me harán otro por un año más. Mi pregunta es que he leído que cuando llevas en una empresa 30 meses con dos o más contratos temporales se adquiere la condición de fija en la empresa. ¿Esto lo tiene que notificar la empresa a la seg.soc y al inem o es automático? Y si es así en mi caso .
Gracias

2 Respuestas

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En tu caso una vez concluido ese contrato de 1 año tu contrato se convertiría directamente en Indefinido. Legalmente se puede mantener la contratación temporal de 24 meses en un periodo de 30. Si llegada la fecha de finalización de este ultimo contrato no te hicieran fijo acude a la Inspección de trabajo para denuncair la situación
Del primer contrato no consta ningún finiquito, ya que no me finiquitaron al darme de alta al día siguiente de concluido dicho contrato. En el segundo contrato por obra o servicio me han puesto realización de impuestos y nóminas. ¿Me podrían hacer otro contrato por obra o servicio cambiándome el servicio que estoy realizando?
Gracias
Ahora no, ya has cumplido los 24 meses en un periodo de 30. El siguiente contrato tendría que ser indefinido
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Te voy a comentar tu situación tql y como yo la veo.
Según el Estatuto de los Trabajadores, el periodo máximo de vigencia de un contrato temporal es de 12 meses. En tu caso estuviste con el primer contrato (obra y servicio) 6 meses y te prorrogaron por otros 6 que era la prorroga máxima que te podían hacer.
LLegados a este punto te liquidaron, porque haber hecho otra prorroga hubiera supuesto que podrías haber reclamado la conversión a indefinido.
Te hacen un contrato nuevo (or circunstancias de la producción) de un año. Por dos motivos, el primero porque es el periodo máximo sin que te tengan que hacer indefinida por él mismo. Y el segundo motivo es el que me comentabas en tu pregunta. Porque si fuese de más tiempo supondría que has estado en la misma empresa (siempre que sea en las mismas funciones) más de 24 meses dentro de un periodo de 30. Y por tanto por concatenación de contratos temporales te tendrían que hacer indefinida. Ar. 15.5 ET
Yo veo dos posibilidades a tu situación. La primera, y la más habitual en la práctica, es que la empresa juegue al límite de la ley y después de esto no te renueve porque supondría convertirte en indefinida. La otra opción pero menos habitual es que la empresa aproveche en todo lo posible el tiempo máximo que te puede tener temporal y al final de dicho tiempo te haga indefinida.
Cual de las dos opciones es más acorde a tu situación solo la puedes saber tú en función de como veas que es la relación de la empresa contigo o de como se comporta con otros compañeros que puedan estar en situación similar a la tuya.
Si no deseas más aclaraciones acerca de esto.

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