Subsidio mayores de 52

He trabajado durante 14 años por cuenta ajena, los últimos 12 he sido autónomo, quisiera saber si tengo derecho a la prestación de la seguridad social para mayores de 52 años, los he cumplido el 8/02/08, agradezco vuestra atención.
Respuesta
1
Los requisitos para el subsidio de mayores de 52 años, son
articulo 215. 3 Ley General de Seguridad Social
3) Los trabajadores mayores de cincuenta y dos años, aun cuando no tengan responsabilidades familiares,
siempre que se encuentren en alguno de los supuestos contemplados en los apartados anteriores, hayan
cotizado por desempleo al menos durante seis años a lo largo de su vida laboral y acrediten que, en el
momento de la solicitud, reúnen todos los requisitos, salvo la edad, para acceder a cualquier tipo de
pensión contributiva de jubilación en el sistema de la Seguridad Social.
Amplio mi respuesta de ayer día 8:
1.- Seran beneficiarios del sub.:
1..- Los parados que figurando inscritos como demandantes de empleo durante el plazo
de un mes, sin haber rechazado oferta de empleo adecuada ni haberse negado a
participar, salvo causa justificada, en acciones de promo .form. o reconversión prof, y careciendo de
rentas de cualquier naturaleza superiores, en computo mensual al 75 % del smi,
excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias, se encuentren en
alguna de las siguientes situaciones
a) haber agotado la prestación de desempleo y tener
responsabilidades familiares
3.-Los trabajadores mayores de cincuenta y dos años,
aun cuando no tengan responsabilidades familiares, siempre que se encuentren en
alguno de los supuestos contemplados en los apartados anteriores, hayan cotizado
por desempleo al menos durante seis añ0os a lo largo de su vida laboral
y acrediten que, en el momento de la solicitud, reúnen todos los requisitos,
salvo la edad, para acceder a cualquier tipo de pensión contributiva de jubilación
en el sistema de la Seguridad Social
Para ser beneficiario del susidio de mayores de 52 años, se ha de estar en situación legal de desempleo. Al ser su último trabajo como trabajador autónomo, no estaría en situación legal de desempleo.

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