Uso del nombre o marca de empresa

La situación es la siguiente: Voy a crear una empresa con dos socios en la cual tendremos una determinada actividad. La cuestión es que por otra parte yo quiero formar otra empresa más adelante de otra actividad, pero utilizar el mismo logo y nombre o marca comercial más un sufijo, en la que los socios anteriores no tienen nada que ver.
Las preguntas son: ¿Se pueden negar los primeros socios? ¿Tendría qué repartir beneficios a partes iguales de la segunda empresa? ¿Tengo qué incluir alguna norma ahora en los estatutos que me permita utilizar el nombre posteriormente? ¿Debo crear dos empresas o lo podría hacer como si fuera un holding y que implicación tiene eso para los socios de ambas actividades?
Bueno, en general es como debo de hacerlo para poder usar nombre y logo para ambas sin que haya problemas.

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Por un lado, tiene el registro mercantil, que no debería permitir, si no es la primera empresa la que lo solicita, un nombre similar.
El registro del nombre comercial, en patentes y marcas si podría ser, si no pertenece al mismo grupo de actividades para el que este registrado el primer nombre. El logo no puede ser igual.
Si quiere utilizar el mismo logo, tendrá que solicitar autorización a la primera empresa para su utilización, mediante un contrato de uso, que normalmente le obligara a pagar por ello, pues el resto de socios así se lo demandaran. Los socios no están obligados a cederle nada.
Una sociedad holding es algo compleja y no creemos que sea la mejor forma de empezar un negocio...
Le recomendamos se ponga en manos de un abogado que le ayude con el tema, para evitar problemas futuros.
Gracias por la respuesta, pero comentas que se puede hacer un contrato de uso. No es posible dejarlo firmado antes. Y supongo que indicas que debería de pagar porque así lo solicitan, pero supongo que este valor se establece en dicho contrato ¿no?.
Gracias una vez más por las respuestas.
Lo primero recomendarle que se ponga en manos de un abogado, que le estudie la mejor forma legal de hacer las cosas que quiere.
Si se puede hacer un contrato para la cesión de uso de la marca, y por lo tanto hay que poner un precio y liquidar el correspondiente factura e impuestos por ello.
Agradecemos valoración de la respuesta.

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