Alquilar una actividad económica

Buenas noches, tengo una duda espero que podáis ayudarme.
Un cliente autónomo, con una actividad económica funcionando quiere convertirse en s.l. En principio se había pesado aportar esa actividad económica a la nueva empresa, pero ahora dice queno quiere que la empresa tenga ese patrimonio, sino alquilar la actividad económica a la empresa que va a crear, de esa forma la propiedad de todo( local, maquinaria, equipo informático...) seguiría siendo suya.
¿Eso puede hacer? ¿Quién tiene que fijar la cuantía del alquiler?, ¿Cómo se formalizaría ese alquiler?
Muchas gracias por vuestro tiempo
Respuesta
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En principio no habría ningún problema en que la persona mantenga su patrimonio personal y se lo preste a la empresa a modo de alquiler. De todos modos, si esta persona se hace socio y administrador de la empresa, en el caso de que cometa irregularidades en la gestión arriesgará igualmente su propio patrimonio.
En este caso, es una buena política no incorporar el propio patrimonio a una empresa de reciente creación, llevar una sociedad no es tener una actividad económica, hay más requisitos a cumplir, es más complicado de dirigir y se tienen más obligaciones
Respecto a la cuantía, esta es libre, en estos momentos puede pedir lo que se le antoje, contra eso lo que se puede es alquilar sólo aquello que intereses y adquirir bienes de equipo. No merece la pena alquiler ordenadores, tal vez los programas si estos son ERP'S pero nada más. Respecto a local y maquinaria, evidentemente es bueno poder alquilarlo aunque
     Se pone en peligro la empresa y su viabilidad por cuanto el disponer en propiedad de esos medios implica un menor coste en el arranque de la sociedad.
     Lo que habría que realizar de entrada es un traspaso del negocio en el cual se planteara el alquiler del local y de la maquinaria para el desarrollo de la labor industrial y comercial, con un simple documento de alquiler en el que se detallen las características, las partes, las condiciones, las causas de desintimiento, etc..., es más que válido como contrato de arrendamiento.

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