Retorno voluntario a país de origen por motivos económicos?

Tengo 2 hijos.. Uno de 17 años y una de 7 meses con una pareja español. Vivimos juntos desde hace 3 años en España y debido a la situación económica del país nos gustaría volver a mi país que es Chile, el problema es que no disponemos de los recursos económicos para realizar dicho viaje y he oído hablar del retorno voluntario.

También te cuento que no tengo papeles de residencia(ilegal).. Y no sé como funciona el asunto ese y si es seguro pues viajaría con mis dos niños. Acá en España no tengo por el tema de los papeles ni trabajo ni ayudas sociales, mi pareja tiene ahora un trabajo pero según va la crisis durará solo un mes mas. ¿Dónde debemos dirigirnos? ¿Cuánto se demora el trámite en cuestión y si es realmente seguro?. Gracias por tu tiempo y ojalá me puedas ayudar que estamos desesperados...

2 Respuestas

Respuesta

Como Lograr el Retorno Voluntario
1.- Las personas que no tengan estadía legal en españa ( no pueden acceder al retorno voluntario) Ya que el INEM se niega a cederles el vuelo …ESTO ES COMPROBADO (Pero hay empresas que ayudan con el 50% del pasaje) preguntar

2.-Las personas que tengan la documentación en regla y que no tengan la ayuda del paro tampoco pueden pueden acceder al retorno voluntario ( si estas cobrando la ayuda de subsidio o la ayuda familiar ) aun así existendos formas de corregirlo

3.- Soy un joven peruano, actualmente trabajo con una ong. Si alguna persona este buscando trabajo y la este pasando fatal “podría trabajar con nosotros ” NOTA: estamos para ayudarnos. El salario es poco pero el trabajo es voluntario.

4.- Mi nombre es Pedro Salazarmi teléfono es 611 30 90 69 si quieren saber algo del tema de retorno llámenme sin costo alguno escríbame al [email protected] 

Respuesta
2

Intentaré explicarte las principales cuestiones sobre el retorno voluntario puesto que el tema es un poco confuso ya que existen varios programas de retorno así que me ceñiré a aquellos a los que podrías acogerte dadas las circunstancias personales y sociales que me comentas:

- Programas asistenciales para el retorno de personas inmigrantes que se encuentren en situación de carencia o especial vulnerabilidad social.En general, son para personas con pocos recursos ( estén o no en situación regular ) ( ya que me comentas que te encuentras en situación irregular puesto que no dispones de papeles de residencia). Estos programas los forman tres programas de los cuales podrias acogerte a 2 de ellos:

1. Programa de retorno voluntario de atención social: dirigido a personas inmigrantes extracomunitarias que se encuentren en situación de especial vulnerabilidad contrastable a través de los servicios sociales de su zona de residencia u ONG especializada.

En el caso de personas que se encuentren en situación regular estaría financiado por el gobierno y en situación irregular lo financia el Fondo Social Europeo.

Para acceder a este programa debes cumplir los siguientes requisitos:

- Encontrarte en situación de carencia social (para lo cual necesitarías un informe social de los servicios sociales que te correspondan por tu lugar de residencia o de la ONG especializada que gestione tu retorno)

- Pertenecer a un colectivo objeto de vulnerabilidad

-Firmar una Declaración donde afirmas el carácter voluntario de la decisión de retornar y tu compromiso de no retornar a España durante los tres años posteriores a tu salida para realizar una actividad lucrativa o profesional por cuenta propia o ajena, y te comprometes a remitir las tarjetas de embarque a la entidad que gestionó tu retorno.

Este programa te ofrece 3 prestaciones económicas ( además de información y orientacion, apoyo en el itinerario, ayuda para la inserción en Chile...) que son :

- Pago del billete de retorno, incluido familiares extracomunitarios hasta segundo grado de afinidad y consanguinidad (tu pareja quedaría excluida del pago por no ser extracomunitario)

-Gestión de una ayuda económica extra de 400 euros por persona (hasta un máximo de 1.600 euros por unidad familiar), como ayuda una vez regresado. Y 100€ más, hasta 600 por unidad familiar, en el caso de necesitar nuevos transportes dentro del pais de retorno. Además de la del pago de los gastos de medicamentos necesarios y de acompañantes necesarios por discapacidad, 50 euros por persona hasta un máximo de 400 euros por unidad familiar para el viaje

2. Programa de retorno voluntario productivo. Dirigido a inmigrantes extracomunitarios no sujetos a la obligación de retornar que deseen emprender un proyecto empresarial asociado al retorno en su país de origen. Este programa además de proporcionar la atención social a personas inmigrantes también facilita el capacitarlos para desarrollar proyectos empresariales en microempresas o pequeñas empresas familiares, en su pais de origen, antes de su salida de España.

Para acogerte a este programa debes cumplir los siguientes requisitos:

-Firmar la Declaración donde afirmes el caracter voluntario del retorno y la decisión de no regresar en los 3 años posteriores (igual que para el programa anterior)

-Expresar el deseo de participar en un proyecto empresarial asociado al retorno (creación de una micro, pequeña y/o mediana empresa en tu país, un proyecto de cooperativa de trabajo de interés social…)

-Firmar una nueva Declaración en la que te comprometes a retornar a tu país de procedencia una vez ue hayas finalizado la capacitación y la formación del proyecto de emprendimiento empresarial.

Este programa te ofrece:

>> Encontrándote aún en España, para el proyecto productivo:

- Selección de candidatos, Conocimiento de la realidad e idoneidad del proyecto, Asesoramiento, orientación y valoración inicial del proyecto de negocio, posibilidades de mejora, viabilidad inicial, sostenibilidad

- Acompañamiento durante el periodo inmediato a la puesta en marcha de la empresa, formación y gestión empresarial de las diversas áreas de la empresa.

- Seguimiento y asistencia técnica individualizado del proyecto emprendedor.

- Ayuda económica de 1.500 euros por proyecto productivo (hasta 5.000€ si existen varios solicitantes de un solo proyecto).

>> Para el proyecto de retorno a tu país de origen (una vez finalizada la fase anterior) :

Te ofrece los mismos servicios que en el programa anterior de retorno voluntario de atención social: informacion y orientación, apoyo en el itinerario, las tres prestaciones económicas, etc

Para solicitar tu participación en alguno de estos programas debes dirigirte a los servicios sociales de tu lugar de residencia o a alguna de las ONGs que los gestionan. Aqui te dejo el enlace del directorio de las entidades que los gestionan con su dirección y número de teléfono http://extranjeros.empleo.gob.es/es/IntegracionRetorno/Retorno_voluntario/directorio/Directorio-retorno-voluntario2012.pdf

Para más información sobre estos u otros programas de retorno puedes llamar al número de teléfono 902 88 21 20 de la Unidad de Retorno Voluntario de la Dirección General de Migraciones, dependiente del Ministerio de Empleo y Seguridad Social. Se trata de un número de atención gratuita. O también puedes consultar la pagina web de este Ministerio http://extranjeros.empleo.gob.es/es/index.html

Como puedes comprobar cualqquiera de los programas de retorno es seguro tanto para ti como para tu familia.

Por otro lado, por tener una hija de nacionalidad española tendrias la posibilidad de regularizar tu situación en España, te lo digo por si te interesa esa opción, si es así hazmelo saber y te comento más en profundidad sobre el tema.

Bueno.

Muchísimas gracias por ser tan detallista en cuanto a la respuesta.Ahora bien..no pierdo nada con informarme sobre como regularizar mi situación en España.Te agradecería me informaras también en qué consiste ello.Gracias nuevamente y espero tu respuesta atenta.Muchos cariños ...

Te comento:

Existen 3 casos en los que se podría solicitar la residencia temporal por causas excepcionales:

1) Residencia por arraigo social
2) Residencia por arraigo familiar, y
3) Residencia por arraigo laboral

En tu caso concreto, creo que lo más acertado sería pedir la residencia por arraigo familiar que se trata de una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales que te concederían por ser una persona extranjera que se encuentra en España y que es madre de una menor de nacionalidad española (ya que según me comentaste tienes una hija cuyo padre es español, por lo que tu pequeña supongo que tenga nacionalidad española). Aunque con 3 años de residencia continuada en España, (como me has dicho que tienes) aunque sea de forma irregular si pudieses demostrarla y disponer de un contrato de trabajo en el momento de solicitarla, también podrías optar por la residencia por arraigo social, a continuación te explico más en profundidad en qué consiste cada una, para que valores cuál de ellas te convendría más.

>>Residencia por arraigo familiar. Para solicitarla necesitas cumplir los siguientes requisitos:
- No ser ciudadana comunitaria ni familiar de un ciudadano comunitario.

-Copia del Pasaporte completo, título de viaje o cédula de inscripción con vigencia mínima de cuatro meses. Deberá exhibirse el documento original en el momento de presentar la solicitud.

- No tener antecedentes penales en España ni en aquellos otros países en los que hubieras residido con anterioridad, por delitos existentes en el ordenamiento español.
- No tener prohibida la entrada en España y no figurar como rechazable en los Estados miembros del Espacio Schengen.
- No encontrarte, (sólo si hubieses solicitado el retorno voluntario a Chile), dentro del plazo de los 3 años de compromiso de no retornar a España.
- Ser padre o madre de menor de nacionalidad española, o hijo de padre o madre que hubiera sido originariamente español. (En tu caso, ser madre de una menor con nacionalidad española)

La documentación que necesitarás presentar para solicitar el arraigo familiar es la siguiente:

- Debes cumplimentar la solicitud de residencia por circunstancias excepcionales, existe un modelo oficial de solicitud que puedes rellenar e imprimir en el siguiente enlace http://www.parainmigrantes.info/wp-content/uploads/2011/07/10-Formulario_CCEE1.pdf
- Certificado de antecedentes penales expedido por las Autoridades del país o países en los que hayas residido durante los cinco últimos años anteriores a la entrada en España.
- Certificado de nacimiento de tu hija en el que conste su nacionalidad española y el vínculo familiar que tiene contigo.

Debes presentar la solicitud junto con los documentos mencionados en la Oficina de Extranjería de la provincia en la que residas.

Una vez presentada la solicitud, si fuera admitida a trámite, deberás rellenar un impreso para pagar una tasa de 35,70 euros, en el plazo de 10 días hábiles.

Tardarán en resolver tu solicitud unos 3 meses. Si transcurre ese plazo sin que la Administración haya practicado la notificación, podrás entender que tu solicitud ha sido desestimada por silencio administrativo

Si te concerieran la autorización de residencia ésta también llevaría pareja una autorización de trabajo por cuenta ajena. Es decir, que la autorización que te concederían sería para residir y trabajar por cuenta ajena en España.

Finalmente, en el plazo de un mes desde que te notifiquen que te conceden la autorización de residencia temporal, deberás solicitar personalmente la Tarjeta de Identidad de Extranjero, en la Oficina de Extranjería o la Comisaría de Policía de la provincia donde residas.

La autorización concedida tendrá una vigencia de un año y cuando termine podrás solicitar autorización de residencia o una autorización de residencia y trabajo.

>> Residencia por arraigo social

Los requisitos que se exigen son:
-Haber permanecido con carácter continuado en España durante un periodo mínimo de tres años.
- Contar con un contrato de trabajo firmado por el trabajador y empleador, para un periodo no inferior a un año.
-Tener vínculos familiares (cónyuge o pareja de hecho registrada, ascendientes o descendientes en primer grado y línea directa) con otros extranjeros residentes o con españoles, o bien, presentar un informe que acredite tu integración social emitido por la Comunidad Autónoma o el Ayuntamiento
- Y los mismos que para el arraigo familiar, exceptuando el último (el de ser madre de menor de nacionalidad española)

Para solicitar la residencia por arraigo social se exige la siguiente documentación:
-Pasaporte en debida regla.
-Certificados de antecedentes penales del país de origen (si así se exige deberá estar

Debidamente legalizado)
-Contrato de trabajo y los datos del empresario que te ha contratado
-Si fuera por vinculo familiar: deberás presentar la documentación que acredite el parentesco, legalizado; o en su defecto el informe de la comunidad autónoma o ayuntamiento
-Documentos que acrediten la permanencia continuada en España durante tres años, como por ejemplo, documentos relativos al empadronamiento, a una hospitalización, a una consulta médica en la sanidad pública, así como cualquier documentación municipal, autonómica o estatal que justifique tu presencia en España durante ese periodo.

Bueno Cuchito, esto es todo, espero haberte sido de ayuda, ya me contarás que decisión tomáis y cómo os va. Cualquier duda, ya sabes, preguntame lo que necesites. Os deseo lo mejor.

Muchísimas gracias experto por toda tu ayuda y además por ser tan detallista en en la explicación.Felicidades por la labor que realizan y que suerte tuve en haberlos encontrado...mucho éxito y un gran abrazo a la distancia....

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas