Baja por accidente laboral y vacaciones

Buenas tardes, a finales del pasado año 2002 sufrí un accidente laboral que me mantuvo sin trabajar por más de dos meses. Me faltaban por disfrutar 15 días de mis vacaciones correspondientes al 2002. Me he incorporado a principios de este año, y me comentan que ya no puedo disfrutar de esas vacaciones. ¿Es esto cierto?. He consultado en el convenio correspondiente, que es el del comercio metal de Madrid y no he encontrado nada. Saludos

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Efectivamente, las vacaciones generadas durante el año deben disfrutarse dentro de ese mismo año.
Al incorporarte dentro del año siguiente a aquel en el que has generado las vacaciones pierdes el derecho a disfrutar de ellas.
En el convenio colectivo debe aparecer la planificación anual de las vacaciones, es decir, los periodos en que deben concederse, pero efectivamente no aparece nada sobre el disfrute dentro del año en que se generan

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