Supuesta agresión a chica en discoteca + parte de lesiones leve

Tengo 23 años. En octubre de 2012 a la entrada de una discoteca tuve un altercado con una chica donde esta asegura que yo le pegué un puñetazo en la cabeza y que me propasé con ella y su grupo de amigas con insultos y calumnias.
Eso pasó en octubre de 2012 y han pasado 9 meses. En una terraza de verano, hace unos días, se dirige a mi y dice que me ha identificado y denunciado la misma noche que ocurrió todo.
9 meses han pasado y me ha llegado la citación a juicio. Todo esto es rotundamente falso porque yo ante tal bullicio solo hacía intentar no perder el equilibro ya que era una inauguración y había multitud de jóvenes alocados formando avalanchas.
La chica dice que me ha denunciado esa misma noche y sé que tiene parte médico mas el testimonio de las amigas que irían al careo a defenderla e inventarse calumnias contra mi.
Pues bien, voy al juzgado a pedir una copia del procedimiento y me encuentro que tiene un parte de lesiones leve (5 días convaleciente), y dos imputaciones por injurias y calumnias donde me dice que la amenacé e insulté.
Mi pregunta es; ¿Cuánto me puede tocar pagar y si me recomienda abogado? ¿En qué puede quedar todo esto? ¿Me asesoran un poco? ¿Quedo fichado para futura oposición?. Me han dicho que si me condenan por las 3 cosas puede costar hasta 500€.

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¿Qué tipo de procedimiento ha incoado el Juzgado, Diligencias Previas o Juicio de Faltas?

A mi me han citado para un juicio de faltas el día 3 de diciembre de 2013. Pero eso ocurrió en septiembre de 2012, ¿No es posible que haya prescrito y yo no pueda ser condenado aun celebrándose el juicio?. Ella supuestamente lleva parte de lesiones breve y consta como que supuestamente la amenacé. Si pudiese decirme algo para ayudarme le estaría muy agradecido.

La prescripción en los juicios de faltas es de 6 meses, pero el mero transcurso del tiempo no lleva a la prescripción, es necesario que hayan transcurrido 6 meses sin ninguna actividad procesal, es decir que el asunto haya quedado inactivo durante todo este tiempo y cualquier actividad procedimental vuelve a situar el plazo de prescripción al principio del cómputo de 6 meses.

Como usted no puede saber si ha existido o no inactividad procesal durante 6 meses ininterrumpidos, el día del juicio puede pedir en cuanto tenga turno de palabra el archivo por prescripción. Si procede, no se llegará a celebrar el juicio.

El día del juicio puede llevar testigos de los hechos para que manifiesten lo que ocurrió.

Como ya ha hablado posteriormente con la denunciante, le sugiero que tenga otra conversación con ella con el fin de grabar lo que ya anteriormente le dijo: que llevaría testigos falsos al juicio. No se trata de una discusión, recuerde que usted no tiene que decir nada más que lo indispensable, lo que le interesa es que ella repita que llevará testigos falsos al juicio, o que declararán hechos que no sucedieron para beneficiarla. Si discute con ella en esa conversación, o le pide algún tipo de explicación sobre las razones de su denuncia, no podrá presentar la grabación en el juicio porque le perjudicaría más que otra cosa.

En caso de condena, para determinar la cuantía de la multa el juez tiene en cuenta dos conceptos, la gravedad de los hechos y los ingresos que acredite el denunciado. Le recomiendo que lleve al juicio documentación que acredite tales ingresos ya que la mera manifestación de no tener ingresos o ser estos mínimos lleva al juez a imponer cuantías medias.

En cuanto a la indemnización se fija de acuerdo con el informe del médico forense, que determina el tiempo que han tardado en curarse las lesiones.

No es posible pues determinar "a priori" cual será la cantidad que, en caso de condena, tendría que satisfacer por ambos conceptos (multa e indemnización)

Para un juicio de faltas no es necesario asistir con abogado. Tampoco causan antecedentes penales, aunque finalmente sea condenado.

Mas información sobre los juicios de faltas

www.lopezcollado.es

Y la última pregunta señor, creo que queda reflejado en la denuncia que también se me acusa de injurias y amenazas, ¿podría condenarse también por eso con más multa o sanción económica?. No sé que inquina tiene esta chica contra mi pero tengo el juicio bastante desfavorable contra mi y no sé si usted me recomienda abogado o no, pues ella lleva parte de lesiones más una testigo.

En los juicios de faltas no es preceptiva la asistencia de abogado, pero puede ir con abogado perfectamente, siempre que asuma el coste tal asistencia.

Respecto a las amenazas y las injurias, si aumentarían la multa si fuera también condenado por ellas.

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La última pregunta señor López Collado;

es que a ver yo tengo la citación a juicio para el 3 de diciembre de 2013.

este hecho ocurrió la noche del 29 de septiembre de 2012 y esa misma noche la chica fue al hospital y me denunció por supuestas lesiones. ¿usted cree entonces que ha prescrito?. Porque el juicio tras llegarme al Decanato sigue en marcha. En cambio en otro foro me dicen lo siguiente y me hacen dudar, gracias:

1º- "Si el juicio es de faltas (es decir, no se le imputa delito alguno, sino meras faltas) y no ha habido hechos posteriores (amenazas al móvil, coacciones para que retire la denuncia o algo así) a los sucedidos en la fecha que Ud. cita, me reitero en mi opinión de que los hechos están prescritos".

2º- "Yo estoy al 100% en que está todo prescrito. Pero le reitero, es la opinión de un profesional y no la mía la que debe tener más en cuenta".

3º- "Si se hubiera puesto denuncia antes de la prescripción, se interrumpiría la misma 2 meses mas, y partir de ahí habría que citar para juicio, pero eso no ha ocurrido así, ya que la denuncia se ha interpuesto fuera de plazo".

GRACIAS

Usted no puede saber si han habido actuaciones en el procedimiento que interrumpan la prescripción.

Al tratarse de una denuncia por lesiones, debe haber necesariamente una actuación por lo menos, ya que para poder celebrarse el juicio tiene que constar el informe del medico forense, y éste ha podido necesitar una o más entrevistas con la denunciante hasta emitir finalmente ese informe pericial medico.

Cada vez que se produce una actuación judicial, se interrumpe el plazo de prescripción, en cual vuelve a contar desde el principio.

Como ya le expliqué el día del juicio puede pedir en cuanto tenga turno de palabra el archivo por prescripción. Si procede, no se llegará a celebrar el juicio.

También tiene otra alternativa: presente en el juzgado que lleva las faltas un escrito pidiendo el archivo por prescripción, facilitando una dirección para poder recibir la respuesta. Si procede, el juzgado lo acordará y se lo notificará.

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