Deuda de hace 8 años de tarjeta de Bankinter vendida a Oko Investiments y fichero ASNEF

Bankinter vendió una deuda de una tarjeta de crédito que tenía contratada con ese banco. La deuda es de alrededor de 2004. Ahora OKO INVESTIMENT, a través de COBRALIA, me reclama el pago de esa deuda que ha aumentado de 700 a 1700 euros. Han dado de alta
En ASNEF un apunte sobre esa deuda que ya había constado en ese fichero y que se canceló al pasar más de seis años. He formulado mi solicitud de derecho de cancelación, que fue inicialmente denegada, pero ante mi insistencia EQUIFAX ha hecho algunas comprobaciones a travbés de Bankinter y finalmente han eliminado el apunte de ese fichero.

Tengo tres preguntas:
1.- ¿Se puede reclamar judicialmente una deuda de 2004?

2.- Cobro una pensión contributiva por incapacidad permanente. ¿Se puede embargar?

3.- Oko Investiments y en su nombre Cobralia han falseado datos para incluirme en ASNEF, lo cual finalmente EQUIFAX ha reconocido eliminando el apunte. Puedo, con todo, reclamar contra Oko Investiments y contra Cobralia por su acción, ¿puesto qué me han perjudicado deiversas consultas que des de entonces se han hecho al fichero ASNEF? ¿Debo hacerlo ante la Agencia Española de Protecciónd e Datos o bien ante el juzgado?

2 Respuestas

Respuesta
1

Si se le puede reclamar judicialmente esa deuda, pues entendemos es una deuda personal y por lo tanto, se puede hacer durante 15 años.

Solo se puede embargar los importes superiores al salario mínimo interprofesional, según los tramos legalmente establecidos, pero si se pueden embargar cuentas bancarias...

Si no le han retirado del fichero, si puede poner una reclamación en la Agencia de Protección de Datos por tutela de derechos, pero reclamar una indemnización es complejo y habrá de demostrar el daño causado realmente y presentarlo en el juzgado...

Agradecemos valoracion de la respuesta.

Respuesta

1 - Sí

2 - Los importes superiores al SMI calculado sobre 14 pagas

3 - Preferiblemente ante el Juzgado, aunque el principal problema será el de la prueba, y el cálculo del daño producido

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