¿Que clase de responsabilidad recae sobre mi al tener un accidente de coche y declararme culpable?

Me acaba de llegar una citación al juzgado por un accidente que tuve del que me declare culpable, en un cruce saque el morro por que había coches aparcados y le di a uno en un lateral.

El accidente no fue tanto pero le abolle la puerta, entonces me declare culpable y le pagaron los daños del coche. Al tiempo me llega la citación conforme denunciado por juicio de faltas y lesiones por imprudencia.
Parece ser que el denunciate tenia lesiones que no se le pagaron físicas. Fue un golpe de estos tontos no fue para tanto pero seguramente quería sacarle dinero al seguro y no le dejaron.

Pone algo así los hechos relatados son constitutivos de delito con imprudencia grave del art. 152-1 y 2 o en su caso de imprudencia prevista penada en el ar 621-1 1 3 4 y 6 ambos del Código Penal.

¿Me puede caer alguna falta penal por algún delito por tener un accidente? ¿Alguna clase de multa expresa? No entiendo que responsabilidad cae sobre mi, ¿o solo a la aseguradora?

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Efectivamente pueden condenarte como responsable penal del accidente, lo que más me preocupa es que en la notificación te dicen tanto que puede ser un delito como que puede ser una falta y las consecuencias en uno u otro caso difieren mucho.

Si te imputan por un delito, significa que las lesiones si fueron graves, por lo que a ti te pueden imponer la pena de prisión de tres a a seis meses y además la retirada del permiso de conducir de uno a cuatro años.

En el supuesto de que las lesiones no hayan necesitado de más de una asistencia médica, te pueden condenar a pagar una multa de entre 30 y 60 días, y también la retirada del permiso de conducir de tres meses a un año.

En cualquiera de los dos casos la aseguradora pagaría responsabilidad civil, es decir el importe de los daños materiales (vehículo), y el importe de las lesiones personales.

A ver a ver, me puede caer pena de prisión por un choque tonto? además fue un golpe suave ya te digo , es un accidente que le puede pasar a cualquiera, incluso al juez!!!

No tengo ningún tipo de antecedente ni nada parecido, eso puede marcarme de alguna manera mi vida delictiva (por llamarlo de alguna forma), y si el seguro no quiere pagar, me pueden hacer pagar a mi?

Muchas gracias Carmen por la respuesta y la velocidad con la que me has respondido, te lo agradezco de corazón.

Un beso

Pablo Bonader

Si en ese saco estamos todos, se considera un delito imprudente, es decir un accidente, pero te reitero que sólo sería delito si las lesiones que has causado fuesen graves y tu imprudencia también hubiese sido grave.

Si tanto las lesiones causadas como tu imprudencia son leves, estaríamos ante una falta, que como te dije lleva una pena de multa, que funciona del siguiente modo:

Pena de multa de 45 días a razón de 6 euros diarios: total a pagar: 45 por 6 =270 €.

En cuanto al pago por parte del seguro, no se puede negar, incluso en los casos en los que el conductor iba borracho el seguro está obligado a pagarle a la víctima, eso sí tiene un motivo para reclamarle después a su asegurado.

En tu caso todo apunta que se trata de una imprudencia leve, y por lo tanto el seguro terminará pagando incluso es posible que alcancen un acuerdo antes del juicio y ni siquiera se celebre, caso en el que tu no habrías sufrido ninguna consecuencia.

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Muchas gracias carmen por todo, en serio me has sido de mucha ayuda, sobre todo por la rapidez.Un abrazo y cualquier cosa en la que te pueda ayudar aquí me tienes, jejej aunque no sea mucho.Besos

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