Deudas SCP, se pueden reclamar al otro socio?

Expongo mi problema. Estoy pagando sola un préstamo que se solicitó en 2009 a nombre de SCP. Expongo el caso por orden cronológico. Constituimos una SCP en 2008 para que mi entonces pareja trabajara. Luego él me hizo firmar unos papeles en que decían que yo era socio capitalista y me hacia cargo de responder, y el era el trabajador. Me dijo que era para ahorrarse de pagar mi cuota de autónomo y perjudicarme, ya que yo tenía mi trabajo por cuenta ajena. Pasados varios meses no había hecho nada, así que suspendió la actividad en la aeat. Durante la suspensión me dijo que un banco le daba un préstamo al negocio, siendo los titulares del préstamo la sociedad, el y yo... Puesto que mi nómina eran los únicos ingresos y no se lo daban si yo no firmaba. Firmamos el préstamo. Luego vuelve a dar de alta la actividad. No llega a realizar nunca ningún trabajo, sólo gasta el dinero, sacándolo en efectivo. A los pocos meses de firmar el préstamo nos casamos (barcelona) ya que dice que así mi declaración de la renta me devolverán y será lo mejor, ya que el negocio no arranca. (Se trataba de vender on-line bicis, pero nunca llegó ni siquiera a tener la web hecha). Luego vuelve a dar de baja la actividad. (Todos estos cambios hechos por él con pocos días de diferencia, lo se porque yo luego me he encontrado los papeles). Pasados tres-cuatro años desde que empezó todo, a finales 2011, aún no había hecho nada del supuesto trabajo, fue negligente, sólo sacó dinero sin justificar el destino. Después de años aguantando que no hiciera nada, y de sufrir malos tratos después de haber firmado el préstamo, y con sentencia condenatoria en su contra) decido divorciarme. La sociedad esta dada de baja de la actividad, pero no disuelta. Mi sorpresa es que estoy pagando el préstamo yo sola porque no puedo no pagar al banco ya que me embargarían la nómina... Le digo que le reclamaré todo, o al menos la mitad, ya que el firmó el préstamo y tendrá que devolverme su parte... Pero se burla de mi diciendo que como me hizo firmar que yo era socio capitalista, no voy a poder reclamarle nada, porque firmé asumiendo todos los gastos que se podían derivar de la sociedad. ¿Es cierto? ¿Puede ser que tenga razón el? Yo nunca quise hacer ninguna empresa, ya que yo tenía mi trabajo, y el hizo todo de papeles, diciendo que tenía que apoyarlo haciendo una empresa, porque ser sólo autónomo no era algo serio, y me hizo firmar en el préstamo, para luego no hacer nada del trabajo, sólo sacar dinero en efectivo que yo no se cómo lo ha gastado... ¿Qué puedo hacer? Muchas gracias por su interés... Evidentemente se que tendré que ir a los juzgados, así que también busco abogado.

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En este asunto hay varias cosas a tener en consideración. A priori si la empresa es constituida unipersonal y como socia y administrador único, siendo su anterior pareja solo trabajador, debe responder como socia y administradora única con el patrimonio de la empresa y subsidiariamente con el suyo propio de forma ilimitada.

Ahora bien, por lo que indica cabe recordar que la constitución de la SCP tiene una serie de requisitos y formalidades, se puede alegar que dicha constitución no es válida por falta de algún requisito, incluso alegar que Ud fue engañada a la hora de firmar los contratos y préstamos (aunque dicho extremo será sumamente complicado de demostrar) se puede declarar nula la constitución de la empresa y por consiguiente el contrato de préstamo.

Si Ud aportó capital a la empresa, puede liquidarla y saldar parte de la deuda con los bienes de dicha empresa. También puede venderla a inversores u otro que desea comprarla.

Entiendo que en su caso se debería mirar los aspectos de los contratos muy detalladamente tanto de la constitución de la empresa como la constitución del contrato de préstamo con el banco. Hay varias opciones a tener en cuenta que deben ser estudiadas con la documentación.

Espero que le haya ayudado. Si tiene cualquier duda puede
contactar
conmigo en el 610.941.077 o en [email protected]. y le doy
presupuesto. Actúo en Barcelona, y en todo el territorio español.



Ruego finalice la pregunta, y se ponga en contacto conmigo. Recuerde que esto
no es un asesoramiento ya que carezco de documentación, argumentos y
hechos para realizar un asesoramiento dentro del marco legal



Reciba un cordial saludo.


Marc.
Abogado

Según la constitución se hizo a partes iguales, socios al 50%..y se hizo una aportación simbólica cada uno.....luego el hizo un anexo un año más tarde diciendo que yo era socio capitalista y el trabajador.

como he indicado la sociedad no tiene actividad, y nunca ha tenido ningún beneficio porque no hizo nada de nada.

en el préstamo, los titulares son la sociedad, el y yo... Pone que los titulares son solidarios.

De hecho, si yo no pagara, el banco iría contra el y sus padres, que son avalistas... Pero como yo tengo nómina y lo saben, me embargarían a mi....ya que parece que el no tiene trabajo en los últimos seis años...

lo que el dice que al firmar yo conforme era socio capitalista, yo asumía todos los gastos y préstamos. Y que no le puedo reclamar nada... Eso es cierto? Dice que es como que yo he querido invertir en su proyecto y que como ha salido mal me fastidio y lo he perdido todo y tengo que correr con todas las deudas (40.000 eur)... Pero...el sacó el dinero que nos dio el banco en efectivo y se lo gasto en cosas que no eran del negocio....eso es como robar a la empresa no? Porque voy a tener que pagar yo sus vicios?

Ahora me quedan por pagar 16.000eur...y cuando termine es cuando puedo empezar a reclamarle...por eso quiero informarme ya... Si no voy a poder recuperar nada quizá me vale más la pena, dimitir de mi trabajo y irme a otro país...y que el banco le reclamé a el....

gracias.

Si la constitución de la empresa aparecen los dos como socios al 50'% y en el préstamos aparecen los dos, el banco puede reclamar a cualquiera de los dos, en este caso a Ud, pero lo que Ud puede hacer es repetir contra el otro socio y en cualquier caso contra el avalista. No le podrá solicitar el 100% del préstamo pero si una parte. De igual forma si la otra parte actuó con superioridad engaño y a sabiendas de las circunstancias de la empresa hay varias formas jurídicas que podemos realizar para poder reclamar el pago debido del 100%.

Esta claro que aquí Ud actuando en buena fe, fue "engañada" para ayudar. La cuestión debería ser si el engaño fue suficiente o no. A la pregunta si se le puede reclamar a él, es SI, se puede. Pero se tiene que ver el cómo y por el cuanto.

Reciba un cordial saludo, y espero haberle resuelto las dudas que haya podido tener. Si aún le queda alguna resto a su entera disposición para cualquier consulta.

Att. Marc

Abogado

Muchas gracias. Espero que me pueda indicar cuanto me costaría reclamarle aproximadamente, y si tengo que esperar a terminar de pagar el préstamo para empezar a hacerlo o si puedo desde ya. Muchas gracias.

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