Obligado a contratar muebles de cocina en piso de nueva construcción?

Soy cooperativista en una vivienda de nueva construcción, situada en una ciudad de la corona metropolitana de Madrid, a punto (faltan entre 3 a 4 meses) de terminarse. La cooperativa hace unos meses llevó a efecto, como mejora, el que las cocinas se nos entregasen amuebladas. A la hora de citarnos con el instalador de dichos muebles observamos que la disposición de tomas e interruptores eléctricos, llaves de agua, desagües, servicios y ubicación de radiadores dejan bastante que desear en cuanto a situación óptima y razonable, por lo que nos estamos planteando efectuar una reforma de relativa baja entidad: desplazar unos centímetros un radiador y tirar una línea eléctrica nueva (de 25 Amperios) para conectar el horno en una nueva ubicación (en el frente opuesto, que solo equipa tomas de corriente de 15 Amperios). Todo esto sobre plano, puesto que no nos han dejado entrar a visitar la planta y elaborar plano con medidas y situaciones exactas.
Sin embargo, desde la constructora se nos niega el permiso para la visita, y desde el instalador se nos dice que es obligatorio que contratemos (y además, ya) los muebles (aunque luego los tiremos por la ventana o los quememos en el patio) y encimera básicos, puesto que de lo contrario cuando hagan la preceptiva visita los Técnicos de Urbanismo veremos denegada la Cédula de Habitabilidad, dado que la promoción se especifica como con cocina amueblada.
Evidentemente, no puedo plantear no ya una reforma, si no tampoco contratar con otro instalador "sin entrar a medir", por lo que solicito su parecer a la consulta expresada en el segundo punto del segundo párrafo: hasta qué punto es preceptiva la aducida instalación de los muebles de cocina para obtener la calificación positiva por Urbanismo, o si el cooperativista puede de alguna forma (documentada y fehaciente) expresar su rechazo a la mejora (a los muebles y su instalación) y solicitar ofertas y presupuestos del exterior.
Gracias por anticipado.
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Si como dice la decisión de que la cocina se entregase amueblada fue "como mejora" decidida por la cooperativa hace poco; entiendo que la licencia se obtuvo sin esa "mejora", por otra parte para obtener la calificación se debe disponer de una serie de servicios, pero no se obliga a que la cocina tenga que estar amueblada de un modo determinado, de modo que podría amueblarse de otro modo.
Respecto a cómo se ha tomado esa decisión y las opciones de oponerse a ella, usted, como cooperativista tendrá más información que yo, pero lo lógico sería que usted pudiese decidir poner el mobiliario que le plazca aunque posiblemente no recupere la totalidad del coste correspondiente a no poner los muebles en su cocina (por economías de escala), de modo que le entregasen la cocina sin rematar, pendiente de que usted la amueble.
Le aconsejo que exponga a la cooperativa fehacientemente (burofax) su oposición al diseño escogido, su deseo de optar personalmente por otro diseño y solicite el reembolso de la parte proporcional que pueda corresponderle por no poner ese mobiliario.
Gracias por la pronta y a la vez oportuna respuesta, Anxo. Hemos conseguido paralelamente a esta consulta una entrevista con la Concejalía de Urbanismo de nuestra ciudad para preguntar directamente el tema con quien pasaría en su momento la revisión (para la Licencia de Primera Ocupación, no la Cédula de Habitabilidad como nos dijo el comercial de las cocinas), y entretanto estamos procurándonos la documentación al respecto para ver qué figura en nuestro contrato, en la licencia de obras, calificación provisional, etc., para llegar exitosamente, es decir, legalmente (contamos con que, en efecto, no recuperaríamos económicamente si rechazamos la "mejora", eso no se discute, pero lo de la "obligación" de contratar nos parece harina de otro costal) al fondo de la cuestión. Veremos qué dicen las leyes. Muchas gracias, y Feliz Año Nuevo.
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No tenga la menor duda de que les están tomando el pelo por partida doble (o triple). En primer lugar, la cédula de habitabilidad no se dá porque el proyecto sea idéntico al aprobado, sino porque la instalación de acometidas cumpla toda la normativa. En segundo lugar, ustedes pueden entrar a comprobar el estado de su construcción cuando les dé la gana y les parezca bien, porque para eso son los propietarios. Tan solo podría restringirse este derecho por un breve periodo si no hay unas condiciones de seguridad adecuadas. Por último, de todas las mentiras que les podía haber contado el instalador de las cocinas, ha escogido la peor de todas: que tienen ustedes que contratarle el mobiliario. Les recomiendo que lo despidan de inmediato, porque es evidente que van a recibir ustedes un trabajo nefasto, caro e insuficiente. No se dejen engañar ni por el constructor ni por el instalador. Lleven el asunto con rigor o van a tener muchos problemas de infraestructura, que no acabarán de pagar nunca.
Gracias por la pronta y oportuna respuesta. Estamos no ya solamente "oponiendo resistencia" a la pretensión, técnica y normativamente hablando, si no además defendiendo nuestro derecho tanto a una libre contratación como a poder diseñar el interior a nuestro gusto -por supuesto sin alterar manifiesta o lesivamente las características de la vivienda-. Un gran saludo y gracias nuevamente por su ayuda.

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