¿Dónde declarar la herencia?

Soy residente aquí en España, trabajo y pago mis impuestos aquí, pero soy alemán; mi familia está en Alemania. Llegará el momento cuando herede un piso en Alemania; mi madre, divorciada, es alemana y soy hijo único. ¿Dónde debo declarar esa herencia? En Alemania no pagaría ningún impuesto ya que a los hijos les permiten un límite libre muy alto hasta que hay que pagar impuestos sobre la herencia. Aquí en España es diferente, y tendría que pagar mucho. ¿Es posible declarar solamente en Alemania? O ¿Debo declarar la herencia también aquí, ya que resido aquí?

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El art. 20.1 de Convenio de Doble Imposición entre el Reino de España y la República Federal de Alemania, aprobado por las Cortes Generales el 18.03.2011, cuyo enlace es: http://www.meh.es/Documentacion/Publico/NormativaDoctrina/Tributaria/CDI/En%20Tramitacion/BOCG_Alemania.pdf
Establece que "las rentas de un residente de un Estado contratante [en éste caso España y Alemania], con independencia de su procedencia, no mencionadas en los anteriores artículos del presente Convenio, solo pueden someterse a imposición en ese Estado", con la única excepción que no concurre en el presente caso por no ser rendimientos obtenidos por el trabajo.
Como señala dicho Convenio en su art. 2.3.IV) el Vermögensteuer, será aplicado en la forma que se determine por el Gobierno Alemán, si es que estuviere gravado.
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