Adjudicación bancaria

He adquirido una casa en subasta por la Seguridad social la cual aparentemente esta deshabitada, ya que tiene síntomas de abandono y los vecinos dicen que hace mucho tiempo que no va nadie aunque por fuera se ve que tiene enseres personales, como muebles cocina etc, ¿Cuál es el procedimiento legal para acceder a dicho inmueble? ¡¿Cuál es el procedimiento más común? ¿Puede el propietario llevarse todo de la casa como puertas, cocinas, etc?

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Una vez que usted firme la escritura de compraventa, abone el precio acordado por la misma y le entreguen la primera copia, es dueño de pleno derecho del inmueble adquirido con todo lo que hubiere dentro del mismo, porque como podrá comprobar en el titulo constitutivo, le consignará el Notario "La vivienda se entrega libre de cargas", eso ofrece poca interpretación, es decir, si alguien hubiera depositado, cualquier objeto sin hacer salvedad expresa en la escritura que lo retiraría en tal fecha, nada pueden sacar de allí. Cosa distinta es que usted lo autorice.
El propietario de la vivienda es la Seguridad Social, no es el antiguo propietario al que ésta le habrá trabado el embargo por impago de cuotas. Esa persona carece de derecho alguno sobre el inmueble, porque como usted mismo relata "he adqurido una casa en subasta a la Seguridad Social...".
En cualquier caso, le aconsejo que el mismo día que firme las escrituras, acuda con un cerrajero o usted mismo si tiene habilidad para ello, proceda al cambio de cerradura de la vivienda. Si es una puerta de seguridad, basta con acercarse mirar la marca e ira a una ferretería a comprar un bombillo que es lo que hay que cambiar.
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