Embargo cuenta bancaria

Este es el primer mes que voy a cobrar la prestación por desempleo, antes cobraba la nomina en talón y lo hacia efectivo, tenia embargada parte de la nomina lo que legalmente corresponde. Ahora al cobrar el paro tengo que domiciliar el cobro en una cuenta en la que sea titular, se que me van a embargar la parte correspondiente, con eso cuento, pero me surge la siguiente duda:
El embargo procede por la ejecuccion de una hipoteca a la que no he podido hacer frente, el ingreso del paro me lo hacen en una cuenta diferente a la de la entidad que me embarga, es la cuenta que tengo para pagar los recibos (teléfono, coche...), la cantidad que me ingresen del paro es la cantidad inembargable, ¿pueden embargarme esa cantidad en la cuenta bancaria?, ¿Cómo funcionan los embargos, es decir la cuenta esta embargada de por vida o hacen barridos ciertos días al mes?.
De embargarme ese dinero inembargable ¿qué tipo de reclamación tengo que plantear?
¿Puedo domiciliar los recibos en una cuenta de la que no soy titular, y la nomina el día que encuentre de nuevo trabajo la puedo también domiciliar en una cuenta que no sea titular?
Muchas gracias. Por tanta pregunta.

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Respuesta
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El acreedor puede pedir del juzgado que intente localizar nuevas cuentas en cualquier momento
El salario mínimo es inembargable (640 euros), si intentan embargarselo en la cuenta deberá presentar un recurso contra ese embargo justificando que se trata de la mensualidad de paro y que al no superar el límite el embargo es nulo
No le van a admitir la domiciliación en cuenta que no es de su titularidad, pues en ambos casos la administración o la empresa necesitan justificar que el ingreso se hizo en una cuenta de su titularidad para evitar que usted pueda reclamarles por ingresar en cuenta distinta a la suya (aunque haya dado usted los datos de esa otra cuenta)

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