El año pasado me encontré un cheque al portador y lo cobre y me acusan de apropiación indebida

Soy un chico de 21 años. Estoy muy preocupado. El año pasado me encontré un cheque al portador de 900 y lo cobre y me acusan de apropiación indebida. El problema es que me piden cárcel (menos de 2 años y un día), y mi abogada de oficio me ha dicho que tengo un grave problema ya que el año pasado me conforme en un juicio de alcoholemia y me dice que ahora no puedo pedir la reducción o suspensión, y que me pidan lo que me pidan de prisión deberé cumplirlo(aunque sea menos de dos años). ¿No se puede hacer nada? Hoy he tenido la declaración y próximamente recibiré una carta del juzgado donde me hagan la acusación. Por favor que alguien me diga lo que piensa. Muchas gracias de antemano.
Los 900 euros los devolví a las dos semanas antes de que la policía me llamara.
Soy el chico de antes me gustaría saber una ultima cosa si no es molestia. ¿Cuál es mi caso?
De la apropiación indebida Artículo 252
Serán castigados con las penas del artículo 249 ó 250, en su caso, los que en perjuicio de otro se apropiaren o distrajeren dinero, efectos, valores o cualquier otra cosa mueble o activo patrimonial que hayan recibido en depósito, comisión o administración, o por otro titulo que produzca obligación de entregarlos o devolverlos, o negaren haberlos recibido, cuando la cuantía de lo apropiado exceda de cincuenta mil pesetas. Dicha pena se impondrá en su mitad superior en el caso de depósito necesario o miserable.
Artículo 253
Serán castigados con la pena de multa de tres a seis meses los que, con ánimo de lucro, se apropiaren de cosa perdida o de dueño desconocido, siempre que en ambos casos el valor de lo apropiado exceda de cincuenta mil pesetas. Si se tratara de cosas de valor artístico, histórico, cultural o científico, la pena será de prisión de seis meses a dos años.

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Es difícil opinar sin conocer todos los detalles del caso, pero si realmente el cheque te lo encontraste, probablemente se te aplique el art. 253, y por tanto la pena sería de multa, así que no tendrías que ir a la cárcel.
Si además lo devolviste antes de que la policía comenzase la investigación, o supiese que tú eras el sospechoso, se podría considerar una atenuante, y se rebajaría la pena.
Creo que deberías decirle a tu abogado que intente hablar con el fiscal que vaya a llevar el caso y con el abogado de la acusación particular, si es que la hay, para que califiquen el hecho por la vía del art. 253, para conformarte con la pena y que se te aplique la multa.
En caso de que finalmente te acusen según las penas del art. 252, y soliciten prisión, efectivamente no podrías pedir que te la suspendan por tener ya otra condena firme, y tampoco podrías pedir que te la sustituyan por una de multa a no ser que pidan menos de un años de prisión.
En resumen, creo que lo que debería hacer tu abogado es negociar con el fiscal y el abogado de la acusación para que califiquen por el delito del art. 253 (sería lo más normal), o que si califican por el 252, pidan como máximo un año de prisión, para que te la puedan sustituir por multa o trabajos en beneficio de la comunidad y así no tengas que ingresar en prisión.
Muchas gracias me has sido de mucha utilidad. Una ultima pregunta si no es molestia. La chica del cheque retiro la denuncia lo que la policía ha seguido con el caso, es decir no hay abogado de la acusación... ¿qué debo hacer entonces?
Me leído el artículo 253 que dice que es pena de multa de 3 a 6 meses. ¿Se trata de mucho dinero? Ya que tengo 21 años no trabajo ya que estoy viviendo en casa de mis padres y estudiando en la universidad.
Si la chica retiró la denuncia significa que no hay acusación particular, pero el Fiscal deberá acusarte de todas formas. Es decir, no habrá abogado de la acusación, pero habrá Fiscal. Será con el Fiscal con el que deba negociar tu abogado en su caso.
En cuanto a lo de la multa, el sistema funciona así. El Juez deberá elegir la duración de la multa dentro de ese margen de la ley (o menos, si se aprecia la atenuante), y la cuota o cuantía diaria se fija en proporción a tu situación económica. En el juicio el Fiscal probablemente te preguntará si tienes trabajo u otros ingresos, y si tienes alguna carga o gasto. Si no tienes ningún tipo de ingreso probablemente la cuota será baja, no sabría decirte cuánto, depende del Fiscal que lo pida y del Juez que lo decida.

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