¿Puede el ayuntamiento de un pueblo prohibirme vivir en un almacén legalmente?

Estimado experto tengo un almacen en un pueblecito, y por necesidad de trabajo me veo obligado a vivir en el durante algún periodo del año, ¿puede prohibirme el ayuntamiento vivir en el?

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Todos los Ayuntamientos tienen por ley que establecer qué uso se puede hacer de cada una de las edificaciones que hay en su término municipal. Existen usos muy distintos: residencial (para vivienda), industrial, comercial, oficinas... Los usos se establecen en el denominado PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA. Si no existe esa norma, existe otra que se denomina NORMAS SUBSIDIARIAS DE PLANEAMIENTO. El caso es que el uso que se puede dar a cada inmueble viene establecido en dichas normas, y si se da un uso distinto al que corresponde, se está cometiendo una INFRACCIÓN URBANÍSTICA. Por ejemplo, por establecer una industria donde sólo se autoriza el uso residencial o por destinar a vivienda un almacén cuyo único uso autorizado es precisamente ese, el de almacén. La policía local puede denunciar los hechos y resultar en una sanción económica, o incluso en la orden de desalojo.
En su lugar, pediría al Ayuntamiento que me informase por escrito de los usos urbanísticos autorizados para el local al que Vd. se refiere (por pequeño que sea). Ello se hace solicitando una CÉDULA URBANÍSTICA de dicho almacén. A lo mejor se lleva la sorpresa de que también está autorizado el uso residencial.
En la práctica, salvo que el uso del almacén como vivienda cause algún tipo de perjuicio ostensible (por ejemplo vertidos fecales a la vía pública) es dudoso que la policía local haga nada.

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