Derecho de los padres con su hijo

Soy la madre del niño.
Somos padres de un maravilloso niño de 1 mes. Mi marido es vigilante de seguridad con placa.
Yo no me hablo con mi padre, pero con mi madre si.
Mi padre ha estado en prisión 1 año en Francia por trafico de droga.
Tiene deudas con el banco y falsificó un talón en falso hace muchos años.
Casi nunca se ha preocupado de sus hijas ni de su mujer.
También va al psiquiatra porque el hospital le hace ir.
Durante tres años no ha estdao en casa, porque vivía en una pensión.
Mientras yo estaba en el hospital, nunca me ha venido a ver.
No quería que me casara con mi marido.
Yo como madre del niño, no quiero decirle nada a mi padre (abuelo) que tengo al bebé.
De momento el no lo sabe.
En caso de si algún día se entera de que tengo el hijo, ¿el tendría derecho a ver a su nieto?
Lo digo, porque tengo dudas sobre un articulo del código civil num. 160, que dice que los abuelos tienen derecho a ver sus nietos.
¿Mi marido perdería su puesto de trabajo? ¿Si así va en contra del código que le digo?.

3 respuestas

Respuesta
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Ese artículo dice que no se pueden impedir sin justa causa la relación entre el hijo y sus abuelos, no que siempre tengan derecho. En caso de discrepancia decide el juez. Esto no tiene nada que ver con que su marido pierda su puesto de trabajo o no.
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Si el abuelo intentara ejercer su derecho de visitas al niño, Vds. podrían solicitar que, dadas las circunstancias de éste, estuviera vigilado por Vds. El asunto del trabajo de su esposo, no alcanzo a entender que relación puede tener con los problemas que haya tenido su padre con la justicia.
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Efectivamente, existe un derecho de los abuelos a ver a sus nietos, pero el mismo artículo especifica que "si no hay justa causa", así pues, si usted entiende que existe suficiente justa causa para que su padre no pueda ver a su hijo, puede negarse a ello alegando todo lo que me comenta (no es un buen ejemplo de comportamiento paterno) por lo que sería su padre el que tendría que solicitar ante la justicia que se hiciere efectivo su derecho, al que ud. se puede oponer alegando la causa que considere justa o, que en su caso, dichas visitas sean tuteladas en un punto de encuentro.
Ud. No tiene ninguna obligación de comunicarle a su padre que es abuelo.
Con relación a la perdida de empleo de su marido por dicho motivo, he de indicarle que la negativa a que el abuelo vea a su hijo es un tema civil que en nada tendría que influir en el tema laboral.
Suerte.

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