Plazo de reincorporación trabajador en empresa

Mi consulta es un poco larga, pero intentaré concretar lo más posible. Una amiga despidió a un trabajador en Junio. Fueron a juicio y al considerarse despido improcedente la empresa optó por la readmisión. Con fecha de 17/12/09 se envía burofax al readmitido y correos no lo entrega por domicilio desconocido (mal, porque es la misma dirección a la que se le envió otra documentación, que si recibió por el mismo caso,) se pone la correspondiente reclamación en correos. De todo esto la empresa se entera al no presentarse en su puesto de trabajo este trabajador. Se vuelve a enviar el mismo burofax, por indicación del abogado, el mismo día 21/12/09 que es la fecha de readmisión. Estamos a día 29/12/09 y este señor no ha aparecido. Sabemos que el burofax ha llegado, porque en el acuse viene que se ha dejado aviso. La duda es si este señor no lo recoge porque sabe el contenido del mismo y está fastidiando a la empresa... Mi pregunta es ..¿cuánto tiempo puede alargarse esta situación? ¿Se puede considerar baja voluntaria? ¿Qué me recomienda que haga la empresa? Saludos y gracias por adelantado.
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Según el art 110 LPL 3. La opción deberá ejercitarse mediante escrito o comparecencia ante la Secretaría del Juzgado de lo Social, dentro del plazo de cinco días desde la notificación de la sentencia que declare el despido improcedente, sin esperar a la firmeza de la misma, si fuera la de instancia.
Lo procedente sería presentar un escrito en el juzgado comunicando la decisión de optar por la readmisión, señalando la fecha en que el trabajador debe reincorporarse al trabajo
Si se hubiera hecho la opción en el juzgado sin indicar la fecha en que debe reincorporarse y esa fecha se le ha notificado sin que él se reincopore podéis notificarle la incoación de procedimiento sancionador para que alegue lo que a su derecho corresponda, si no hace alegación alguna ni justifica la causa de no comparecer podéis volver a despedirlo por causas disciplinarias

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