Cuaderno de particiones

¿Puedo yo misma hacer el cuaderno de particiones de la herencia de siete hermanos? O debe hacerlo obligatoriamente el Notario.
Me dicen que es una pérdida de tiempo y de trabajo que lo haga yo, porque igualmente el Notario nos la va a cobrar, como si la hubiera hecho él, cuando nos pase la factura por hacernos la escritura de operaciones particionales. ¿Es obligatorio hacer el cuaderno de particiones, quien lo debe hacer? Si lo hago yo y lo presento al Notario en folios dina cuatro, ¿es válido? O tiene que ser en folios exclusivos para documentos notariales ¿es obligatorio?

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El art 79 del reglamento hipotecario permite hacer una manifestación de herencia por parte del heredero único para inscribirla en el registro de la propiedad sin necesidad de pasar por el Notario y por lo tanto ahorrándose esos gastos, pero en el caso de que los herederos sean varios es obligatorio que la partición de herencia se haga ante notario.
Si quieres y existen algunas peculiaridades, que quieras reflejar, la puedes hacer tu y presentarla al notario en dina 4, y el notario la revisará, y lo único que hará será ponerla en sus folios notariales, con sus palabras, y su forma de redactarla, y te cobrará los honorarios correspondientes a una partición de herencia, independientemente de que se la des tu hecha, o de que la haga él en notaria, con lo que ya que le vais a tener que pagar de todos modos, que la haga él se lo curre y trabaje un poco, hombre, encima de pagar no le vais a hacer el trabajo.

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