Dudas legales sobre la tramitación de una herencia de forma conflictiva entre varios hermanos

Me has aclarado casi todo, pero ahora que me lo dices, la heredera llamó a los pocos días por teléfono pidiendo que le mandáramos la fotocopia del DNI y todos se la mandaron menos mi marido y otro hermano argumentándole que si el notario necesitaba el carnet también necesitaría la firma y le dijo que no le mandaba nada, también era por que el argumento que ponía ella era que el abogado o notario ( no sé bien quien ) se lo pedía, pero mi marido le dijo que el abogado o notario debería saber que en galicia en octubre del 2008 comonzaba la anulación de impuestos,( mi suegra murió en abril, no sé si entra en el plazo) pero da lo mismo el caso es que sea una cosa u otra tú me dices que es necesario una fiorma ¿qué iba a firmar ella? Es que no entiendo lo que intenta hacer.
Otra cosa, nosotros conocemos el testamento de la fallecida por que uno de los hermanos estaba un poco posca con lo que estaba haciendo la heredera, y esta se quedó a cuadros cuando supo que conocíamos el testamento, que por cierto, creo que el de mi suegro es el mismo que el de mi suegra ya que lo hicieron conjuntamente con la heredera delante, por que tenían cualquiera de los dos las mismas posibilidades de fallecer ( por edad ), lo que a mi me descoloca un poco es que me dices que debíamos haber firmado en un cuaderno particional, ¿eso para que? Y otra pregunta ¿si aun no ha pagado la legitima de la madre, cualquier hijo tiene derecho a entrar en la casa? Te pregunto esto por que ha cambiado las cerraduras y hay un hermano que ahora no puede ir .

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Pues lo que dices es extraño. Cuando se va a firmar al notario, es él el que te pide el carnet de identidad. Mientras no lo necesita nadie.
Otra cosa sería que le encargara al notario la redacción del cuaderno particional y pidiera los DNIs para que fuera redactando el documento con los datos de todos, pero antes de hacer el cuaderno, han de sentarse los herederos tranquilamente, analizar todos los datos de lo que ha quedado en herencia y llegar a un acuerdo de reparto y de adjudicación para cada uno. Eso hay que hacerlo antes de ir al notario. Porque comprenderás que son negociaciones que puedes estar una tarde entera, un mes, un año... hasta que todos queden conformes con el reparto. Luego, ya conformes todos es cuando se encarga el cuaderno particional.
De todas formas, para poder ir al notario, ya te comenté que os va a pedir el certificado de defunción, el certificado de últimas voluntades, los certificados bancarios, las notas simples del registro de la propiedad... en fin, y además, copia del testemento que aparezca en el certificado de últimas voluntades, como el último hecho.
Cuando hay un solo heredero, con todo lo anterior, va al notario, hace escritura de aceptación de herencia y ya es propietario. Mientras tanto no lo es.
Pero si hay más de un heredero es cuando se firma el cuaderno particional. Como su nombre indica, se compone de varios folios en los que se detalla con todo detalle lo que ha quedado de herencia, los herederos que tienen derecho y el reparto de esa herencia según el acuerdo al que hayan llegado. Es decir, que se "parten" la herencia, por eso se llama particional.
Desde luego, mientras no se firme, pasa como cuando es un solo heredero. Se puede ser heredero pero no se es propietario.
Por ello, no se pueden cambiar cerraduras. Todos los herederos tienen igual derecho a entrar en la vivienda. Si se niega, es denunciable, por supuesto. Porque si vosotros forzáis y cambiáis la cerradura, al día siguiente ella la cambia otra vez y es el cuento de nunca acabar.
Además, mientras no se firme el cuaderno particional, no se sabe lo que a cada cual le corresponde, por tanto no se puede pagar la legítima, como tu dices, (que imagino te refieres a los impuestos de sucesiones por la parte que le corresponda de herencia).
Porque está mal expresado. La legítima pasa de la fallecida a los herederos. Es decir, que unheredero no paga la legítima. La legítima la recibe. Lo que un heredero paga son los impuestos de sucesiones.
Yo insisto, creo que ya os lo dije. Vosotros pedid certificados, testamentos y los demás datos y cuando habléis con ella ya vais sabiendo lo que hay. No debéis esperar a que ella os lo diga pues pueden desaparecer cosas.
Un abrazo y suerte.
Hola, antes de nada muchas gracias por tu tiempo y molestias,
Te juro que me siento como imbécil, pero es que de estas cosas no sé nada, te explicas muy bien, creo que soy yo la que no lo hace, haber, me dices que por la legitima no hay que pagar nada, bien, aclarado esto, te diré que solo hay una heredera el resto de los hermanos solo tienen derecho a la legitima, tiene ella obligación de llamar a los hermanos para pagar la legitima como dice el testamento, o son los hermanos los que le tienen que reclamar la legitima, eso es lo que no acabo de saber, por que como te comenté antes ella no dio señales de vida desde que llamó pidiendo la fotocopia del carnet.
En concreto,¿qué deben hacer los hermanos con respecto a la legitima, reclamarla, esperar, dejar que haga ella? Por que entre los hermanos hay alguno que deaja que ella haga lo que le venga en gana, pero hay otros que no quieren que ella haga lo que más le convenga, ¿me puedes aclarar esto? Gracias por tu paciencia, me da la sensación de que no me entiendo ni yo misma.
No se, no es normal que el testamento diga que alguien "tiene que pagar la legítima".
Ya te digo, la fallecida es la que otorga la legítima y los herederos son los que la reciben. Aquí nadie paga nada. Imagina que solo hay un piso en herencia. ¿Cómo va a pagar la legítima? ¿Dando 314,5 ladrillos y 27 tejas?
Eso está mal expresado.
Otra cosa es que los herederos que reciben una herencia han de pagar impuestos por ella. Reciban mucho o reciban solo la legítima. Pero la legítima no se paga. Se pagan los impuestos que a la legítima les corresponden. No se si me explico correctamente.
Cuando firméis el cuaderno particional, cada uno con su copia, y por separado, (o todos juntos si queréis, da igual, porque vais a pagar cada cual lo suyo), ha de ir a la oficina liquidadora y pagar los impuestos de sucesiones. Uno por la herencia que le rorresponda y otros por la legítima que les corresponde.
Pagan pues impuestos por la legítima. No pagan la legítima.
Otra cosa será si por ejemplo hay varias fincas y a cada uno por legítima le corresponde un 6% por ejemplo., Depende del número de hermanos. Y la que se queda con la mayor tanto por ciento, por ejemplo un 72,67% pues acuerda con los demás el valorar las fincas, porque se quiere quedar la plena propiedad de todas. Entonces, acuerdan un precio, y ella les paga la legítima en efectivo. En este caso si que es correcto decir que ella paga la legítima. Después van al notario y firman el cuaderno particional. Entonces si que esa heredera les ha pagado la legítima. Porque ustedes han decidido que no quieren un trozo de tierra y prefieren el dinero en efectivo.
Respecto a su otra parte de la pregunta, tenga en cuenta que ella no va a ser propietaria mientras no se firme el cuaderno particional.
Usted habla de reclamar la legítima. ¿A quién? Nada, que no. Que ustedes no tienen que reclamarle a ella ninguna legítima, porque ella no es la dueña de ninguna legítima. Solo de la suya, pero no de la de los demás. La legítima es de ustedes. Y tampoco se ha quedado la legítima porque sin escritura notarial no se la puede quedar y ningún notario se la va a dar porque no le corresponde toda la legítima. Solo su parte de la legítima.
Ustedes, como ya les he dicho, con los certificados que he mencionado, pueden ir al notario por separado. Firmar escritura de aceptación de herencia. Y esa escritura llevarla al registro de la propiedad y registrar ese tanto por ciento de cada finca a su nombre.
Ya tienen ustedes su legítima y no se la han reclamado a nadie.
Lo que pasa es que es dejar problemas de reparto para mañana. Y al final, habrán de pagar un cuaderno particional y duplican gastos y molestias.,
Ya son ustedes a la vista de las fincas, y sus intereses particulares, si les interesa una finca, o dinero, o lo que sea.
Por eso les he dicho varias veces que lo mejor es con todos los datos delante, sentarse y hablarlo entre todos y tratar de llegar a un acuerdo.
A esa reunión les recomiendo que vayan con la intención clara de solucionarlo y llegar a un acuerdo aunque sientan que pierden un poco. Lo importante es llegar a un acuerdo.
Porque si no, el camino que queda, es judicial y aparte de mucho tiempo o años, unos milloncillos de gastos para cada uno.
Lo dicho: Más vale un mal arreglo que un buen pleito.
Pues nada.
Por cierto, que se me olvidaba.
Como el padre vive, tienen un problema añadido, ya que es el propietario del 50% y tiene el usufructo del tercio de mejora.
Osea, que al final, a su fallecimiento tendrán los mismos problemas que ahora, si su testamento es similar.

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