En la escritura de herencia tiene que aparecer e

En la escritura de herencia de mi padre no aparece reflejado el seguro de vida habiéndosele entregado la oportuna documentación al notario.
¿Es esto normal, o tendría que aparecer como parte de la herencia?

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En principio si, pero ¿a qué llamas tu "escritura de herencia"?
Hola,
Con escritura de herencia, quiero decir escritura de aceptación y adjudicación de herencia, la hijuela.
Saludos.
Entonces es el cuaderno particional lo que vais a firmar.
Pues lo suyo es que en este cuaderno se refleje todo lo que entra en herencia.
Primero porque así los herederos aceptáis esa herencia, "trozo por trozo". Y de paso os adjudicáis las partes, si es que habéis llegado a un acuerdo de reparto.
Segundo porque hay seis meses para el pago de los impuestos de sucesiones. Y han de pagarse aportando el cuaderno particional y sobre él harán el cálculo.
Tercero que puede causaros problemas. Me explico:
Pongamos un piso. Si no lo ponéis en el cuaderno, no lo aceptáis y por tanto el registrador nunca lo pondrá a vuestro nombre y nunca seréis dueños del piso.
Pongamos ahora una cuenta en un banco. Pues si no está en el cuaderno, muy difícil veo (por no decir casi imposible), que el banco os de el dinero, porque el banco exige que esté esa cuenta en el cuaderno particional. Y repartirá el dinero acorde con lo que diga el cuaderno.-
Pues con un seguro igual.
Las compañías de seguros no sueltan un euro así por las buenas.
Y además, son ellas las que normalmente os retienen los impuestos y os dan el líquido. Aunque no todas actúan igual.
Osea que dependiendo de la compañía, del tipo de seguro, de si quedan bien identificados los beneficiarios, y de las condiciones generales de la póliza, pueden ocurrir cualquiera de los dos casos.
Que lo deba incluir el notario, y con el cuaderno particional la cia. de seguros os dará el dinero, o que la aseguradora os de el dinero (cosa más rara pero no imposible), y entonces ya no hace falta reflajarlo en la escritura. Es más, no se debe reflejar. Porque los impuestos se pagan por todo lo que se refleja.
De todas formas, hay que tener en cuenta que los notarios son los que más saben en España sobre herencias y su legalidad.
Osea, que casi seguro que si no lo incluye será por algo.Yo se lo preguntaría a él.
Pero yo contactaría con la aseguradora a ver si les hace falta la escritura notarial para pagar, o solamente que vayan los herederos o beneficiarios y firmen y cobren.
Eso os lo dirá la aseguradora, porque hay que ver las condiciones del seguro y leer el contrato, y la letra pequeña.
Y además, las normas de la compañía, que ya digo que muchas tienen normas diferentes a otras.
Un saludo y si no tienes más que añadir, te ruego finalices la pregunta para que se me quede libre.

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