Impuesto actos jurídicos

Hola,
Ante todo gracias por tu tiempo, Tengo una duda sobre un paso previo al alquiler de una vivienda. Me comentan que tengo que comprar en el estanco un modelo de contrato de alquiler, y he visto que además tendré que pagar el impuesto de actus jurídicos. Mis preguntas son, ¿es el que arrendatario quien debe pagar ese impuesto o sea yo? ¿Y a cuanto asciente ese impuesto si el alquiler son 550 euros/mes?
Muchas gracias anticipadas
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Es del todo correcto lo que te han comentado. Efectivamente es el arrendatario quien debe pagar el impuesto; como el arreendamiento estará sujeto muy probablemnet a prorrogas forzosas, ¿la cuota impositiva se valora sobre 3 años de contrato es decir sobre 19800?, por lo que aproximadamente tendrías que pagar unos 80 euros y lo haces por el sólo hecho de comprar el contrato de alquiler en el estanco. ¿Si el alquiler lo es únicamente por un año y no está sujeto a prórrogas forzosas la cuota sería de 30?.
La normativa la tienes en
http://www.asociaciones.org/cm/Guia/Anexos/Legislac/rd828-1995.html

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En el impreso que compras en el estanco lleva un timbre de estado, el pago de éste timbre son los actos jurídicos documentados.
El importe del contrato que tienes que comprar en el estanco tiene que ser de 30,77 euros.
Los gastos de la formulación del contrato de alquiler, si no se pacta nada en contrario, son a cargo del arrendatario.

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