Desobedecer una orden del jefe

Soy encargado en una empresa. Mi jefe me ha ordenado verbalmente (no hay testigos) que realice una función inferior a mi categoría profesional. Esta función la realizan los trabajadores que están a mi cargo.

¿Puedo negarme a realizar la función? ¿Me ampara la ley?

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Aunque la desobediencia en el trabajo a un superior esta considerada como una falta muy grave sancionada incluso con el despido sin derecho a indemnización (despido disciplinario) sin embargo el articulo 39 punto 1 y 2 del ET establece lo siguiente:

1. La movilidad funcional en la empresa se efectuará de acuerdo a las titulaciones académicas o profesionales precisas para ejercer la prestación laboral y con respeto a la dignidad del trabajador.
2. La movilidad funcional para la realización de funciones, tanto superiores como inferiores, no correspondientes al grupo profesional sólo será posible si existen, además, razones técnicas u organizativas que la justifiquen y por el tiempo imprescindible para su atención. El empresario deberá comunicar su decisión y las razones de ésta a los representantes de los trabajadores.. Por lo tanto la empresa no te puede ordenar la realización de funciones inferiores a tu categoría o grupo profesional si no es por un motivo justificado y si en la empresa ay trabajadores de inferior categoría a la tuya que pueden realizad dichas funciones ademas nunca se puede obligar a ningún trabajador a realizar tareas distintas a las que le corresponden al trabajador, como represalia por parte de la empresa como consecuencia de alguna cuestión personal única y exclusivamente para denigrar al trabajador ante sus compañeros de trabajo de ser así y antes de desobedecer las ordenes de un superior, lo que se tiene que hacer es presentar una denuncia ante la inspección de trabajo o acudir a un sindicato para que sus abogados emprendan las acciones legales pertinentes, contra la empresa.. Por lo tanto puedes poner tu caso en manos de un abogado laboralista para que te asesore adecuadamente y puedas proceder contra la empresa de forma que no te perjudique una acción individual por tu parte o puedes acudir a la inspección de trabajo para que conozcan tu situación laboral dentro de la empresa, y en la misma inspección de trabajo te indicaran como tienes que proceder para que la empresa respete tus condiciones de trabajo y no menoscabe tu dignidad..

La orden fue ayer a última hora, así que aún no he realizado la citada función. Pero no ha sido comunicado al representante de los trabajadores, entonces ¿debo comenzar esta tarde cuando llegue al trabajo a realizar esas funciones? o ¿deben comunicarlo primero al representante de los trabajadores?

Gracias

La movilidad funcional para la realización de funciones, tanto superiores como inferiores, no correspondientes al grupo profesional solo será posible con tres condiciones:
1-. Si existen de razones técnicas u organizativas que la justifiquen.
2-. Sólo por el tiempo imprescindible para su atención.
3-. Notificación a los representantes de los trabajadores, aunque no hay que realizar un periodo de consultas.
En caso de que la empresa no cumpla dichas condiciones, para que te puedan cambiar de funciones tanto inferiores como superiores se exige el acuerdo de las partes. Si no no te pueden cambiar de funciones.. Por lo tanto si la empresa te ordena realizar algún trabajo que no este encuadrado dentro de tu grupo profesional tiene que cumplir con esas tres condiciones, si incumple con alguna o con todas ellas y la empresa te ordena realizar funciones no correspondientes a tu grupo profesional te puedes negar a su realización pero antes tienes que reclamar la presencia de un miembro del comité de empresa o en su defecto al un representante de los trabajadores para que pueda verificar el incumplimiento de la empresa y pueda salir en tu defensa en caso de que la empresa adoptara algún tipo de represalia contra ti algo que seria declarado nulo por cualquier juez..

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