De jornada completa a media jornada

Hola buenas tardes tengo una duda, mi empresa quiere pasarme contrato de jornada completa a media jornada, en principio yo no estoy de acuerdo con ello, no me han dado ninguna carta del porque de este cambio, me han comunicado verbalmente que o esto o despido objetivo que entiendo que tengo derecho a paro e indemnización por los años trabajado.

llevo 22 años trabajando en la misma empresa a jornada completa y contrato indefinido.

si es objetivo por causas económicas sera de 20 días por año trabajado y si optamos por esto ultimo, tienen que darme una carta en la que se explique el porque del despido? Y las causas que llevan a hacerlo? Y si no me dan ninguna carta? Y es solo verbal? Tienen que notificarme por escrito y darme 30 días de preaviso? Muchas gracias.

Ene estos días en dos ocasiones han querido hacer firmar un papel en el cual pone que acuerdo con la empresa la reducción de jornada, enmascarándolo como que ese papel no sirve de nada pero en la parte de arriba pone que es un acuerdo y una copia con el titulo comunicado a trabajo, y no he firmado porque no pone que sea ninguna información, ni fecha, ni sellos ni nada, parece otra cosa, ni aviso de días ni nada de nada.

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En el articulo 12 .4 letra e, del Et establece que la conversión de un trabajo a tiempo completo en un trabajo a tiempo parcial y viceversa tendrá siempre carácter voluntario para el trabajador y no se podrá imponer de forma unilateral o como consecuencia de una modificación sustancial de condiciones de trabajo al amparo de los dispuesto en la letra a) del apartado 1 del artículo 41. El trabajador no podrá ser despedido ni sufrir ningún otro tipo de sanción o efecto perjudicial por el hecho de rechazar esta conversión, sin perjuicio de las medidas que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 51 y 52, c), de esta Ley, puedan adoptarse por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción. Por lo tanto la empresa no puede hacer una conversión de la jornada laboral completa a otra parcial reducir sin tu consentimiento, si no hay una causa que justifique dicha conversión como puede ser por causas económicas técnicas organizativas o de producción y de tener razones para hacerlo tiene que ser por la vía del articulo 41 del ET y para lo que te tendrá que notificar por escrito a ti y a los representantes de los trabajadores si los hubiera en la empresa, tanto la la causa del despido como la fecha en la que se va hacer efectivo ademas lo tiene que notificar con 15 días de antelación el incumplimiento por parte de la empresa de cualquiera de esos requisitos de producirse la extinción del contrato de trabajo instancias de la empresa, seria considerado como un despido improcedente .. Por lo tanto antes si no estas conforme con la conversión de la jornada laboral y la empresa tampoco tiene razón alguna para hacerlo no te puede obligar a que que aceptes algo que va en contra de tus intereses y tampoco tienes que firmar ningún documento que te pueda perjudicar aunque te digan que la firma de dicho no va a tener ningún tipo de repercusión negativa por lo que deberías de poner tu caso en manos de un sindicato o de un abogado laboralista particular a denunciarlo en la inspección de trabajo.Un saludo y buena suerte..

Muchas gracias por la aclaración una ultima cosa al respecto, voy a pedir hora con el gestor que lleva este tema y que es el gestor de la empresa, por mi cuanta hablare con otro gestor para que me lleve mi parte, mi pregunta es si esto es trabajo de gestores o es ya mas cosa de abogados, la idea es que con lo que me prepare el gestor de la empresa lo confronte mi gestor y compruebe que todo esta en orden, que es un despido objetivo etc...es así?

muchas gracias

Lo mas aconsejable es que en temas laborales el asesoramiento parta de un especialista en derecho laboral que no tiene por que ser un abogado porque también te puedes asesorar un graduado social t por lo que puedes entrevistarte con los dos gestores y después de confrontar las dos versiones sacar tus propias conclusiones pero si ves alguna anomalía lo mas aconsejable es que te pongas en manos de un abogado o algún sindicato o te informes en la misma inspección de trabajo por si te vieras obligado tienes que demandar a la empresa..

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